Boletín nº 43 (06-03-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 581/2017

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario de fecha 28 de julio de 2015, por el que se acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora del Otorgamiento de Ayudas de Emergencia Social, anunciado en su aprobación (BOP nº 163, de 24 de agosto de 2015) y Tablón de Edictos de esta Corporación (9 de septiembre al 17 de octubre de 2015), cuyo texto íntegro se hace público en el Boletín Oficial de la Provincia, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en los siguientes términos:

Donde dice: 4.2 Que la persona solicitante se encuentre en situación de desempleo y no perciba ningún tipo de ayuda o prestación económica.

Debe decir: 4.2 Que la persona solicitante se encuentre en situación de desempleo.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Montoro, a 20 de febrero de 2017. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Ana María Romero Obrero.

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