Boletín nº 46 (09-03-2017)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 589/2017
Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba
Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 493/2016. Negociado: MC
De: FREMAP
Abogado: D. José Manuel Pérez Latorre
Contra: Transvipal, TGSS y INSS
DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 493/2016, a instancia de la parte actora FREMAP contra TRANSVIPAL, TGSS y INSS sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
Fallo
Estimando la demanda formulada por FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo Colaboradora con la Seguridad Social Núm. 61, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social y, contra la empresa TRANSVIPAL SL debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora en concepto de reintegro de gastos de asistencia sanitaria la cantidad de 507,15 euros, y con declaración de la responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia de la empresa condenada, debiendo de estar y pasar por la presente resolución.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no caber recurso alguno al ser el importe de la reclamación inferior a 3.000 € (artículo 191.2.g de la LGSS).
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de la que dimana, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada Transvipal, así como a su Administrador D. Juan Manuel Ble Moreno actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 3 de febrero de 2017. Firmado electrónicamente por el Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Miguel García Suárez.