Boletín nº 50 (15-03-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Conquista

Nº. 765/2017

Anuncio de aprobación definitiva

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza reguladora del Precio Público de la Fotocopiadora y del Fax, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO

PÚBLICO DE FOTOCOPIADORA Y FAX

Artículo 4º. Cuantía

Por el servicio de escaneo de documentos

1. Por página, 0,50 €.

Por el servicio de fotocopiadora de impresión de correos electrónicos, pen drive y otros dispositivos:

a) Fotocopia o impresión en blanco y negro, por una cara, documento A4, 0,10 €/unidad.

b) Fotocopia o impresión en blanco y negro, por las dos caras, documento A4, 0,15 €/unidad.

c) Fotocopia o impresión en blanco y negro, por una cara, documento A3, 0,20 €/unidad.

d) Fotocopia o impresión en blanco y negro, por dos caras, documento A3, 0,25 €/unidad.

e) Fotocopia o impresión en color, por una cara, documento A4, 0,30 €.

f) Fotocopia o impresión en color, por las dos caras, documento A4, 0,40 €.

g) Fotocopia o impresión en color, por una cara, documento A3, 0,50 €.

h) Fotocopia o impresión en color, por dos caras, documento A3, 0,60 €.

Por el servicio de recepción y envío de correos electrónicos

- 1 € por correo electrónico.

Conquista a 3 de marzo de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Buenestado Santiago.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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