Boletín nº 53 (20-03-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Espiel

Nº. 750/2017

Don José Antonio Fernández Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Espiel (Córdoba), hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día veintitrés de febrero de dos mil diecisiete, acordó la aprobación de construcción de casa de campo vinculada a explotación agrícola,en los siguientes términos:

SEGUNDO. PROPUESTA APROBACIÓN DEFINITIVA PROYECTO DE ACTUACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE CASA DE CAMPO VINCULADA A EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA, PROMOVIDO POR DON MANUEL RUIZ MAYA JIMÉNEZ, EN EL POLÍGONO 5, PARCELA 7, Y POLÍGONO 4, PARCELA 74 DE ESPIEL

En el presente expediente, se ha dado trámite a lo estipulado en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como el Informe preceptivo de carácter favorable condicionado emitido por el Delegado Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 19 de enero de 2017, debiéndose de continuar con lo que indica el artículo 43.e de la citada Ley 7/2002.

Obra igualmente en el expediente los Informes de Secretaría Intervención de fecha 28 de noviembre de 2016 y del SAU Guadiato de carácter favorable de 24 de noviembre de 2016, así como acuerdos de admisión a trámite, publicación y certificación de no reclamaciones.

Por Don Manuel Ramos Romero se hace constar que por el propietario se deberá de cumplir todo lo indicado en la normativa y que no se efectúen vertidos sino a través de los sistemas legales.

La Corporación Pleno, a la vista de los documentos obrantes y de los que tienen copia en su poder, por unanimidad de los diez asistentes (6PP-3PSOE-1IU-CA), acuerda:

Primero. Declarar la utilidad pública del presente Proyecto de Actuación y por tanto entender dicha explotación en los términos del artículo 42.1 y 3 de la LOUA.

Segundo. Aprobar el Proyecto de Actuación presentado por Don Manuel Ruiz Maya Jiménez y redactado por la Arquitecto Doña Carolina Caballero Bonilla, a ubicar en el Polígono 5 Parcela y Polígono 7 Parcela 74 del Catastro de Rústica de Espiel.

Tercero. El promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el artículo 42.5.D.c de la citada LOUA.

Cuarto. En el trámite de concesión de licencia se deberá asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista del total de la parcela, conforme al artículo 67 d) de la LOUA y a la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de las legislaciones sectoriales aplicables, particularmente la Ley 7/2007 de Gestión Integral de la Calidad Ambiental; igualmente lo indicado en el Informe de la Delegación relativo a las prescripciones sobre prohibición de fosas sépticas y vertederos.

Quinto. El pago de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable se efectuará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ordenanza Municipal vigente, así como la prestación de garantía indicada en el artículo 52.4 de la LOUA.

Sexto. Dar traslado del presente a Don Manuel Ruiz Maya Jiménez para su conocimiento y efectos, así como publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba al objeto de cumplir el trámite del artículo 43.f) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía y a la propia Delegación Territorial de Medio Ambiente en Córdoba para su conocimiento y efectos oportunos.

Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 43.f) de la Ley 7/2007, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Espiel, a 24 de febrero de 2017. El Alcalde, Fdo. José Antonio Fernández Romero.

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