Boletín nº 68 (10-04-2017)

VIII. Otras Entidades

Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba

Nº. 1.170/2017

La Sra. Presidenta de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí con fecha 30 de marzo de 2017, ha resuelto lo siguiente:

Dado el amplio volumen de actividades que, durante el año se desarrollarán dentro del Programa de exposiciones de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, urge, la aprobación de aquellas actuaciones y/o actividades dirigidas a los municipios de la Provincia y aquellos que permitirán apoyar actividades de iniciativa ciudadana.

Por lo manifestado, en el uso de las facultades que me atribuye el artículo 17.n) de los vigentes Estatutos de esta Fundación, por la presente resuelvo:

1º. Aprobar las bases de Convocatoria para la recepción de proyectos relativos a las artes plásticas y visuales a desarrollar en espacios de gestión de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, cuyo literal es el siguiente:

"BANCO DE PROYECTOS: CONVOCATORIA PARA LA

RECEPCIÓN DE PROYECTOS RELATIVOS A LAS ARTES

PLÁSTICAS Y VISUALES A DESARROLLAR EN ESPACIOS

DE GESTIÓN DE LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE

ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ

La Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí realiza la presente convocatoria de apoyo y difusión del arte contemporáneo mediante la recepción de proyectos referidos a las Artes Plásticas y Visuales a desarrollar en espacios de su gestión.

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de esta convocatoria la creación de un Banco de Proyectos a desarrollar en los espacios del Centro de Arte Rafael Botí y/o en la Galería de Exposiciones del Palacio de La Merced (véase Anexo III) que, junto a los proyectos expositivos de producción propia, convenios de colaboración y/o coproducción con instituciones públicas o privadas, configurarán el programa expositivo de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí. Los proyectos aprobados serán programados, de acuerdo con las personas o colectivos seleccionados, en función de la disponibilidad de las salas y presupuestos entre 2018-2020.

Segunda. Destinatarios

Podrán concurrir a la convocatoria las personas físicas (individualmente o en grupo) o jurídicas, creadores, comisarios, gestores culturales, asociaciones y entidades culturales privadas que estén legalmente constituidas, interesadas en la creación y difusión de la cultura contemporánea. La selección de los proyectos se realizará por concurrencia competitiva.

Los proyectos seleccionados e incluidos en la programación de la Fundación deberán ser realizados de manera directa por quien en el proyecto aparezca como Responsable. Solo podrá presentarse una sola petición por solicitante, para la realización de un solo proyecto.

Quedan expresamente excluidos los proyectos referidos a:

- Exposiciones individuales comisariazas por el propio artista.

- Proyectos ejecutados con anterioridad por otras instituciones o entidades ajenas a la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.

- Proyectos cuya realización se proponga en espacios distintos al Centro de Arte Rafael Botí y/o de la Galería de Exposiciones del Palacio de La Merced.

Tercera. Selección de proyectos

Los proyectos que sean seleccionados, pasarán a formar parte del programa expositivo de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, corriendo por cuenta de esta los gastos presupuestados en cada uno de ellos, con cargo a las partidas presupuestarias establecidas en el correspondiente expediente.

De común acuerdo con los beneficiarios, la Fundación podrá negociar la colaboración económica de otras Instituciones y/o Entidades públicas o privadas para la coproducción e itinerancia de todo o parte del proyecto seleccionado.

Cuarta. Requisitos para solicitar la aprobación y forma de acreditarlos

Los solicitantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) En el supuesto de tratarse de una asociación, debe estar legalmente constituida e inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones.

b) Ser naturales o residentes en cualquier lugar del territorio nacional.

c) Estar al corriente en las obligaciones con la Diputación de Córdoba y con la Fundación.

d) No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas, gestores culturales, las asociaciones o entidades culturales que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias para poder contratar con las Administraciones Públicas.

e) La acreditación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante declaración responsable suscrita por su representante legal (Anexo I).

f) Cumplir los requisitos que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de una subvención.

Quinta. Solicitudes, documentación y plazo

a) Solicitudes

Las solicitudes firmadas electrónicamente por el solicitante, irán acompañadas de la documentación requerida en la presente Base.

Éstas serán dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, presentándose de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico. El mencionado Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6 del mismo Reglamento citado.

La solicitud se realizará a través del correspondiente formulario electrónico cuyos datos figuran en el Anexo I, que se aprueba junto con estas bases conforme al artículo 3 del Reglamento del Registro Electrónico.

Este formulario estará disponible desde el primer día en que sea posible la tramitación en la Sede Electrónica de la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites).

Con el fin de asegurar la identidad del peticionario, para acceder a la tramitación electrónica se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario así como los tipos de certificados admitidos por la Sede Electrónica de la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba, figuran claramente en el apartado siguiente:

http://www.dipucordoba.es/sobre_la_firma_electronica.

Asimismo, el proyecto se remitirá por correo electrónico a gerencia.boti@dipucordoba.es

b) Documentos e información que deben acompañarse a la solicitud

Dichas solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

Documentación general:

a. En caso de personas físicas: Solicitud electrónica (ajustada al Anexo I).

b. En caso de agrupación de personas físicas: Nombramiento por escrito del representante de la agrupación.

c. En caso de asociaciones culturales y/o entidades culturales privadas:

1. Fotocopia del acta de elección del solicitante como representante legal de la entidad o asociación o cualquier otro documento que le acredite fehacientemente como tal.

2. Fotocopia del CIF de la asociación o entidad cultural solicitante.

3. Fotocopia de la documentación que acredite la inscripción de la asociación y/o entidad cultural en el Registro público correspondiente así como fotocopia de sus Estatutos.

Documentación especifica:

1. Proyecto descriptivo y completo, que deberá incluir, obligatoriamente:

" Título del proyecto.

" Metodología y plan de trabajo

" Artistas participantes.

" Nombre del comisario/a que se propone para el proyecto.

" Objetivos.

" Contenidos.

" Relación de necesidades técnicas.

" Características del montaje.

" Espacio/s expositivos para los que se presenta el proyecto, con justificación de la elección de los mismos.

" Disponibilidad de fechas para la realización del proyecto.

" Presupuesto desglosado de la totalidad de los gastos.

" Plazos de ejecución.

" Propuesta de programa de actividades paralelas, (talleres, proyecciones, conferencias, debates, etc.).

" Propuesta de programa educativo.

" Plan de comunicación.

2. Declaración responsable suscrita por el solicitan

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