Boletín nº 68 (10-04-2017)
VIII. Otras Entidades
Instituto Municipal de
Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba
Nº. 1.283/2017
Extracto del Acuerdo del Consejo Rector del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo, nº 5/17. 3º. de 4 de abril, por la que se aprueban las BASES DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL AUTÓNOMO, EMPRENDIMIENTO Y PROYECTOS DE AUTOEMPLEO 2017, así como la delegación de la competencia para resolver la citada convocatoria en la Presidencia del IMDEEC, incluyendo la facultad de resolver los posibles recursos que en su caso puedan presentarse.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios/as
a) Entidades Beneficiarias.
Personas emprendedoras en situación de desempleo, que creen su propio puesto de trabajo a través de microempresas, pequeñas y medianas empresas, ya sea como persona física (empresario/a individual, comunidad de bienes o sociedad civil) o jurídica (solo como administradores de la sociedad), formalmente constituidas en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 junio de 2017 (ambos inclusive) y cumplan con los siguientes requisitos:
1. La persona emprendedora ha de estar en situación de desempleo con anterioridad a la fecha de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional.
2. La persona emprendedora en situación de desempleo ha de darse de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 junio de 2017 (ambos inclusive). Dicha fecha de alta no diferirá de la fecha de alta en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria (modelo 036 ó 037) en más de tres meses.
3. El ejercicio de la actividad empresarial se realizará principalmente en el municipio de Córdoba y la empresa habrá de tener su domicilio fiscal en el mismo.
4. La persona emprendedora deberá aportar necesariamente justificante/s de gasto/s y pago/s correspondiente/s a los conceptos subvencionables del punto 6 de las Bases de la convocatoria de incentivos, y que ésta haya realizado como consecuencia de la puesta en marcha de la actividad empresarial en el período comprendido entre los 6 meses anteriores y 3 meses posteriores, respecto del mes de alta (sin contar éste), de la persona emprendedora en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente o Mutualidad Profesional, tal y como se especifica en el Anexo I de las Bases.
5. No serán beneficiarias de esta convocatoria de incentivos las empresas participadas por entidades y/o organismos del Sector Público.
Segundo. Objeto
" Potenciar el autoempleo e incentivar la actividad emprendedora como pieza clave para el desarrollo económico y social del municipio de Córdoba, fundamentalmente en los colectivos más afectados por la crisis.
" Incentivar económicamente el establecimiento y puesta en marcha de pequeñas y medianas empresas, negocios de autónomos y proyectos de autoempleo del municipio de Córdoba en sus fases iniciales de lanzamiento e implantación.
" Apoyar especialmente a los proyectos empresariales de nueva creación y generadores de empleo en el municipio de Córdoba, promovidos por personas jóvenes (hasta 35 años inclusive).
Tercero. Bases reguladoras
a) Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba, y del IMDEEC como Organismo Autónomo de éste.
http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_Municipales/Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf
b) Bases de la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2017
http://www.imdeec.es/ficheros/Bases%20Autonomo_Emprendimiento%20y%20Proyectos%20de%20Autoempleo%202017.pdf
Cuarto. Cuantía
a) Importe de la Convocatoria.
Para atender la financiación de la presente convocatoria se dispondrá de un crédito total de 500.000,00 € con cargo al presupuesto de gastos del IMDEEC, aplicación presupuestaria 0 4390 47900 Otras Subvenciones a Empresas.
Dicha financiación atenderá a las solicitudes de empresas formalmente constituidas por personas emprendedoras en situación en desempleo, de acuerdo a los siguientes períodos y distribución presupuestaria:
" Período 1: Personas emprendedoras en situación de desempleo, que crean su propio puesto de trabajo a través de empresas, formalmente constituidas en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2016, para el que se destinará un presupuesto de 250.000,00 €.
" Período 2: Personas emprendedoras en situación de desempleo, que crean su propio puesto de trabajo a través de empresas, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017, para el que se destinará un presupuesto de 250.000,00 €.
b) Cuantía de la Subvención.
La cuantía de las subvención contemplada en esta convocatoria constituye un incentivo a fondo perdido de hasta el 100% de los conceptos subvencionables (excluido el IVA), con un límite máximo de 4.000 € por empresa.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será:
" Del 17 de abril al 3 de mayo de 2017 (ambos inclusive), para las solicitudes correspondientes al período 1 (personas emprendedoras en situación de desempleo, que crean su propio puesto de trabajo a través de empresas, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2016).
" Del 3 de julio al 18 de julio de 2017 (ambos inclusive), para las solicitudes correspondientes al período 2 (personas emprendedoras en situación de desempleo, que crean su propio puesto de trabajo a través de empresas, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017).
Sexto. Otros datos de interés
a) Las solicitudes se encuentran a disposición de las/os interesadas/os:
http://imdeec.es/ficheros/Solicitud%20Autonomo_Emprendimiento%20y%20Proyectos%20de%20Autoempleo%202017.pdf
Igualmente en las dependencias del IMDEEC, sito Avda. de la Fuensanta s/n, Tef. 957764229 (ext. 2) - 957 32 55 02.
b) El Consejo Rector del IMDEEC mediante acuerdo nº 5/17. 3º. 5, adoptado en sesión extraordinaria el 4 de abril de 2017, aprobó: "Delegar la competencia para resolver la convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2017 en la Presidencia del IMDEEC, incluyendo la facultad para resolver los posibles recursos que, en su caso, pudieran presentarse".
Importante, atendiendo las características propias de la convocatoria de incentivos al autónomo, emprendimiento y proyectos de autoempleo 2017, es fundamental consultar la totalidad de las bases que lo regulan, dado que esta información es sólo un extracto de su contenido, por lo que en caso de controversia entre el presente extracto y las bases que regulan la citada convocatoria, prevalecerán en todo caso las "Bases de la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2017".
Córdoba a 5 de abril de 2017. Firmado electrónicamente: La Presidenta del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba María del Mar Téllez Guerrero.