Boletín nº 74 (20-04-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 1.322/2017

La Junta de Gobierno Local, en sesión Ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2016, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

N.º 1023/16. ALCALDÍA. MOCIÓN DE LA SRA. ALCALDESA EN RELACIÓN AL NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y JUNTA GENERAL DE LA ORQUESTA DE CÓRDOBA.

Seguidamente se presentó la Moción que más arriba consta, justificándose su urgencia en las fechas previstas para la reunión de los Órganos Rectores de Consorcio Orquesta y la necesidad de subsanar el posible error a que pudiera inducir la redacción del acuerdo n.º 985/16, adoptado en sesión anterior por esta Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno Local, una vez declarada la Urgencia del asunto, en base al contenido del párrafo anterior, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Dejar sin efecto el acuerdo n.º 985/16, de 4 de noviembre actual, por el que se nombraban representantes del Grupo Municipal Socialista en el Consejo de Administración y en la Junta General de la Orquesta de Córdoba, al haberse detectado que su redacción puede inducir a error.

Segundo. Nombrar, en la Junta General de la Orquesta de Córdoba a D. David Luque Peso, como suplente de la Sra. Alcaldesa, en su calidad de Presidenta o Vicepresidenta, según corresponda, a tenor de lo dispuesto en los Estatutos de la Orquesta de Córdoba, y ello como consecuencia de lo dispuesto en el Apartado Noveno del Decreto de la Sra. Alcaldesa, n.º 8403 de 3 de octubre, por el que delega en el Sr. Luque Peso la Presidencia del Consejo de Administración de dicho Órgano.

Tercero. Nombrar, en la Junta General de la Orquesta de Córdoba, en representación del Grupo Municipal Socialista a los Sres. Concejales que a continuación se citan, cesando, en consecuencia, los hasta ahora representantes de dicho Grupo:

- D.ª María del Mar Téllez Guerrero (Titular).

- D.ª Carmen González Escalante (Suplente).

Cuarto. De conformidad con los principios de buen gobierno reflejados en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, a todos los miembros de los Consejos Rectores de los Organismos Autónomos se les aplicarán las causas sobre incompatibilidades, prohibiciones para contratar y demás limitaciones contempladas en la normativa de prevención de conflictos de intereses, así como la regulación de los deberes de abstención y causas de recusación, establecidas en el ordenamiento jurídico para los Concejales.

Quinto. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba y notifíquese a los interesados.

Córdoba, 6 de abril de 2017. La Alcaldesa, M. Isabel Ambrosio Palos.

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