Boletín nº 76 (24-04-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.212/2017

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: 408-410/14 Ejecución de títulos judiciales 192/2014. Negociado: MR

De: D. Manuel Sánchez Sánchez, D. Ángel Luis Martín Fernández y D. Raúl González Zoyo

Abogado: D. José Luis Lobo Hernández

Contra: Obras y Montajes Peñarroya S.A.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 192/2014, a instancia de la parte actora D. Manuel Sánchez Sánchez, D. Ángel Luis Martín Fernández y D. Raúl González Zoyo contra Obras y Montajes Peñarroya S.A., se han dictado resoluciones de fecha 30-1-17 y 29-3-17:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz. En Córdoba, a 30 de enero de 2017.

El anterior exhorto cumplimentado por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Peñarroya-Pueblonuevo únase a los autos de su razón, y a la vista de su contenido, en el que se acredita el fallecimiento del administrador D. Víctor Manuel Caballero Jurado, se acuerda la suspensión del proceso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la L.E.C., y dése traslado a las partes a fin de que aleguen lo que a su derecho convenga, y se persone el sucesor del representante de la ejecutada en el plazo de cinco días, y ello verificado se resolverá.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz. En Córdoba, a 29 de marzo de 2017.

El anterior exhorto cumplimentado por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Peñarroya-Pueblonuevo únase a los autos de su razón, y visto su contenido y el de las actuaciones, acuerdo:

- Dar traslado de la comparecencia efectuada.

- Levantar la suspensión de las presentes actuaciones.

- Notificar a la empresa ejecutada Obras y Montajes Peñarroya S.A. la presente resolución y la fecha 30-1-17 por medio de edictos, que se publicarán en el B.O.P. de Córdoba y en el tablón de anuncios de este Juzgado, y el resto de las resoluciones sólo en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Y para que sirva de notificación a la demandada Obras y Montajes Peñarroya S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 29 de marzo de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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