Boletín nº 76 (24-04-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 1.425/2017
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de abril de 2017, se adoptó el siguiente Acuerdo de aprobación de corrección de errores materiales o de hecho padecidos en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Córdoba y sus entes dependientes y correspondiente al ejercicio 2017:
Acuerdo nº 74/17
Primero. Corregir los errores materiales o de hecho existentes en el acuerdo plenario nº 47/17, de 7 de marzo de 2017 de aprobación definitiva del Presupuesto Municipal de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 45, de fecha 8 de marzo de 2017, atendiendo a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se exponen a continuación:
Por lo que,
1. Anexo de Inversiones del Presupuesto del Ayuntamiento de Córdoba 2017.
Donde se señala:
Código Proyecto |
Aplicación Gastos |
Descripción |
Crédito |
Ingresos |
Concepto |
Importe |
Ingresos |
Concepto |
Importe |
Año inicio-fin |
2017 2 COOP 231 |
Z E70 2371 62300 0 |
Coop. y Sol. Educ. Desarr. Maq. Inst. Técnicas y Utillaje |
1.500,00 |
Ingr. Corrientes |
1.500,00 |
1/1/2017- 31/12/2017 |
||||
Z E70 2317 62300 0 |
Coop. y Sol. Educ. Desarr. Mobiliario y Enseres |
1.500,00 |
Ingr. Corrientes |
1.500,00 |
1/1/2017- 31/12/2017 |
|||||
2017 2 DPEST 924 |
9 J90 9240 63200 0 |
Distrito Periurbano Este. Remodelación Centros |
125.000,00 |
Ingr. Corrientes |
50.000,00 |
H00 91301 |
Préstamo |
75.000,00 |
1/1/2017- 31/12/2017 |
Debe decir:
Código Proyecto |
Aplicación Gastos |
Descripción |
Crédito |
Ingresos |
Concepto |
Importe |
Ingresos |
Concepto |
Importe |
Año inicio-fin |
2017 2 COOP 231 |
Z E70 2317 62300 0 |
Coop. y Sol. Educ. Desarr. Maq. Inst. Técnicas y Utillaje |
1.500,00 |
Ingr. Corrientes |
1.500,00 |
1/1/2017- 31/12/2017 |
||||
Z E70 2317 62500 0 |
Coop. y Sol. Educ. Desarr. Mobiliario y Enseres |
1.500,00 |
Ingr. Corrientes |
1.500,00 |
1/1/2017- 31/12/2017 |
|||||
2017 2 DPEST 924 |
9 J90 9240 62500 0 |
Dist. Periurb. Este. Mobiliario y Enseres |
125.000,00 |
Ingr. Corrientes |
50.000,00 |
H00 91301 |
Préstamo |
75.000,00 |
1/1/2017- 31/12/2017 |
2. Plan estratégico de subvenciones, incluido en las Bases de Ejecución del Presupuesto 2017.
Donde se señala:
PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES Y PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD
Sexto. En el ámbito de la promoción de la igualdad, se prevé la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para asociaciones y entidades de mujeres cuya finalidad es potenciar el asociacionismo y la participación de las mujeres, y la realización de actuaciones relacionadas con el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y para lo que se propone un crédito de 45.000 €.
También se contemplan este año las subvenciones nominativas instrumentadas mediante convenios firmados con el Colegio de Abogados y el Colegio de Psicólogos, destinadas a garantizar el asesoramiento jurídico y profesional especializado a personal técnico municipal, policía local y asociaciones y entidades en toda la casuística asociada a malos tratos, que se ha dotado con 10.000 € cada uno. Se ha previsto también la firma de un convenio con la Universidad de Córdoba (Cátedra de Género Leonor de Guzmán), por el que se consignará una dotación de 4.000 € para apoyar las acciones dirigidas a fomentar el empoderamiento de las mujeres, la sensibilización en igualdad de género y otras de similar temática.
&&&.
FUENTES DE FINANCIACIÓN |
DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO/A |
OBJETIVO/FINES |
COSTE |
PLAZO DE CONSECUCIÓN |
||||
Z |
A13 |
9203 |
48900 |
0 |
Subvenciones a asociaciones y colectivos |
Subvenciones a asociaciones y colectivos para actividades y proyectos de interés municipal. |
10.000,00 € |
2017 |
Partida Z A13 9250 48900 0 Presidencia. Subvenciones a asociaciones y colectivos |
30.000,00 € |
|||||||
Z |
A13 |
9203 |
48904 |
0 |
Subvención a la Fundación Castilla del Pino |
Subvención nominativa a la Fundación Castilla del Pino para proyectos de investigación. |
12.000,00 € |
2017 |
Total Presidencia y Políticas Transversales |
140.000,00 € |
Debe decir:
PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES Y PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD
Sexto. En el ámbito de la promoción de la igualdad, se prevé la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para asociaciones y entidades de mujeres cuya finalidad es potenciar el asociacionismo y la participación de las mujeres, y la realización de actuaciones relacionadas con el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y para lo que se propone un crédito de 45.000 €.
También se contemplan este año las subvenciones nominativas instrumentadas mediante convenios firmados con el Colegio de Abogados y el Colegio de Psicólogos, destinadas a garantizar el asesoramiento jurídico y profesional especializado a personal técnico municipal, policía local y asociaciones y entidades en toda la casuística asociada a malos tratos, que se ha dotado con 10.000 € cada uno. Se ha previsto también la firma de un convenio con la Universidad de Córdoba (Cátedra de Género Leonor de Guzmán), por el que se consignará una dotación de 8.000 € para apoyar las acciones dirigidas a fomentar el empoderamiento de las mujeres, la sensibilización en igualdad de género y otras de similar temática.
&&..
FUENTES DE FINANCIACIÓN |
DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO/A |
OBJETIVO/FINES |
COSTE |
PLAZO DE CONSECUCIÓN |
||||
Z |
A13 |
9203 |
48900 |
0 |
Subvenciones a asociaciones y colectivos |
Subvenciones a asociaciones y colectivos para actividades y proyectos de interés municipal. |
10.000,00 € |
2017 |
Partida Z A13 9250 48900 0 Presidencia. Subvenciones a asociaciones y colectivos |
10.000,00 € |
|||||||
Z |
A13 |
9203 |
48904 |
0 |
Subvención a la Fundación Castilla del Pino |
Subvención nominativa a la Fundación Castilla del Pino para proyectos de investigación. |
12.000,00 € |
2017 |
Total Presidencia y Políticas Transversales |
95.000,00 € |
Fundamentos de Derecho
1. De acuerdo con el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. En este supuesto se deben corregir los errores señalados, que son apreciables con el exclusivo contenido del expediente administrativo y son posibles sus rectificaciones sin que resulte afectada la supervivencia del acto, su contenido y sustantividad, que son los requisitos necesarios para poder ser rectificado por la Administración Pública.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Córdoba a 19 de abril de 2017. Firma electrónica de la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto núm. 8.403/16). Vº Bº: Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.