Boletín nº 78 (26-04-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Carpio

Nº. 1.364/2017

Doña Desirée Benavides Baena, Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de El Carpio (Córdoba), hace saber:

Que por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 5 de diciembre de 2016, y modificadas por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 6 de febrero de 2017, se han aprobado las bases y la convocatoria que ha de regir la provisión mediante el sistema de acceso libre a través del procedimiento de selección concurso oposición de una plaza de Técnico/a de Administración General de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de El Carpio, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, resultante de la Oferta Pública de año 2016, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo A1, con sujeción a las bases que se insertan a continuación:

BASES GENERALES DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD MEDIANTE CONCURSO OPOSICIÓN, DENTRO DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016, UNA PLAZA DE TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE El CARPIO;

Capítulo I

Ámbito de aplicación y delimitación de la Convocatoria

1. Constituye el objeto de las presentes Bases regular la convocatoria para cubrir en propiedad, dentro de la Oferta de Empleo Público de 2016, mediante el sistema de acceso libre, por el procedimiento de concurso-oposición, la siguiente plaza de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de El Carpio:

Una Plaza de Técnico/a de Administración General. Escala: Administración General.

Esta plaza se integrará en el puesto de trabajo de Técnico/a de Administración General adscrito al Departamento de Secretaría.

2. El/la candidato/a que supere la convocatoria a que se refieren las presentes Bases desempeñará las funciones propias de la plaza a la que acceda y quedará sometido/a al régimen de incompatibilidades, lo que supondrá la prohibición de ejercer cualquier otra actividad en el sector público o privado sin el previo reconocimiento de compatibilidad, salvo las legalmente excluidas en dicho régimen.

3. Las pruebas selectivas se ajustarán al sistema de concurso-oposición, con garantía de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo establecido en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

- La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

- El Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

- El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

4. Motiva la elección del sistema selectivo de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto a los sistemas de acceso a la Función Pública Local, la naturaleza de la plaza, las funciones a desempeñar y los objetivos marcados en el Presupuesto de 2016.

5. Las Bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el Boletín Oficial de la Provincia se anunciará la publicación de la composición de los Tribunales de selección, de las listas de admitidos/as y excluidos/as y del lugar y fecha de celebración del primer ejercicio y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. El anuncio de la convocatoria se publicará en el BOE.

6. Todas las demás actuaciones del Tribunal hasta la resolución del proceso selectivo se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos y en los lugares donde se haya celebrado la prueba anterior.

Capítulo II

Requisitos generales de los/las Candidatos/

7. Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas de las plazas que se convocan los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser de nacionalidad española, nacional de un estado miembro de la Unión Europea o poseer la nacionalidad de cualquier otro estado a que venga obligado el Reino de España por acuerdos internacionales; o ser cónyuge de los españoles o de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. También serán admitidos los descendientes de los nacionales de los estados antes indicados o de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto objeto de la convocatoria al que se trate de acceder.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título universitario de Grado en Derecho, Grado en Ciencias Políticas y de la Administración, Grado en Administración y Dirección de Empresas o equivalentes.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

g) Comprometerse a prestar juramento o promesa conforme a lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento de su nombramiento.

Solicitudes de participación:

8. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud de participación ajustada al artículo 18.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

9. Los/as aspirantes deberán presentar solicitud dirigida a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, a la que acompañarán:

1) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, los/as aspirantes de nacionalidad española, y los/as nacionales de otros Estados, fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.

2) Fotocopia compulsada de la titulación exigida. Los/as opositores/as que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en las bases habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y, en su caso, traducción jurada.

3) Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los correspondientes derechos de examen.

4) Documentación acreditativa de los méritos para valoración en fase de concurso, conforme al orden de valoración establecido, teniéndose en cuenta únicamente los justificados en documentos originales o copias debidamente compulsadas.

El/la aspirante hará constar en la instancia sus datos personales, DNI, domicilio, número de teléfono de contacto, la denominación de la plaza a la que aspira, la indicación procedimiento selectivo por concurso-oposición, turno libre, así como una declaración expresa de que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

10. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de El Carpio, o en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

11. Los derechos de examen son 30 euros.

El pago del importe, dentro del p

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