Boletín nº 81 (02-05-2017)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.563/2017

Extracto de la Resolución de 26 de abril de 2017 del Pleno de la Diputación de Córdoba por la que se convoca la "BASES PLAN DE COLABORACIÓN CON ENTIDADES LOCALES DE CÓRDOBA EN MATERIA DE MODERNIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA 2017"

BDNS (Identif.): 344480

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Segundo. Objeto

Con el objetivo de mejorar las infraestructuras informáticas en algunos municipios de la provincia de Córdoba y ampliar la dotación de equipamiento informático en otros, se convoca este Plan de Colaboración provincial.

Se establecen como conceptos subvencionables: equipamiento informático e infraestructuras necesarias para el funcionamiento de la administración electrónica en dicha entidad local (Actualización servidor central, Continuidad de C.A. (suministro eléctrico) servidores centrales, ampliación de almacenamiento para copias de seguridad, ampliación cobertura WIFI, dotación terminal para firma electrónica).Una misma entidad local podrá presentar varios proyectos

Tercero. Bases reguladoras

El presente programa se rige por lo dispuesto en:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en redacción dada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración loca.

- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Las Bases para la Ejecución del Presupuesto General de la Diputación de Córdoba para el ejercicio 2017.

- Ordenanza reguladora de Concertación de la Diputación de Córdoba con las Entidades locales de la provincia. (BOP nº 50, de 15 de marzo de 2016)

Cuarto. Cuantía

El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 150.000 euros, que se imputarán a la aplicación 274 9201 76200 del Presupuesto General de la Diputación de Córdoba para el ejercicio 2017.

El importe máximo que se otorgará a cada entidad local será de 1.875 € (IVA incluido). En ningún caso la cuantía máxima de dicha subvención global otorgada podrá ser superior a la inversión efectivamente realizada por cada entidad local. En el caso de que la inversión de los proyectos presentados superase el máximo otorgado, la entidad local deberá especificar si la inversión completa del mismo se asume con fondos propios u otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad con indicación de la entidad concedente, fecha e importe.

La inversión para la que se solicita subvención deberá realizarse antes del 31 de diciembre de 2017.

Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto correspondiente en el Boletín Oficial de la provincia, pudiéndose consultar las bases completas en www.dipucordoba.es/tramites.

Córdoba a 28 de abril de 2017. Firmado electrónicamente: El Diputado Delegado de Comunicación y Nuevas Tecnologías, Francisco Juan Martín Romero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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