Boletín nº 82 (03-05-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 1.562/2017

Por Resolución de Alcaldía nº. 1116/2017, de fecha 28 de abril, se ha resuelto lo siguiente:

Resolución de Alcaldía

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Dado que por razones de salud el Sr. D. Francisco Juan Martín Romero no podrá oficiar el matrimonio civil que iba a autorizar el día 29 de abril de 2017, a las 12:30 horas, se hace necesario que delegue dicha función en uno de los concejales.

Por consiguiente, vistos, entre otros, los arts. 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:

1. Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, D. Rafael García Martín el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 29 de abril de 2017, a las 12:30 horas.

2. Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Aguilar de la Frontera, a 28 de abril de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Juan Martín Romero.

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