Boletín nº 83 (04-05-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 1.558/2017
Mediante Resolución de Alcaldía nº 2017/00000083, de fecha 28-04-2017, se ha rectificado el error de las Bases aprobadas en fecha 18-04-2017 para la Convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de tres Plazas Vacantes de Funcionarios de este Ayuntamiento, en régimen de Interinidad y mediante el sistema de Concurso.
El error se ha producido a la hora de transcribir la valoración de los méritos correspondientes a la plaza de Arquitecto Técnico [Base 6.1, «Formación y Perfeccionamiento»], comprobándose que se omite inconscientemente la valoración de un tramo de horas cursadas tal y como sí se ha indicado en las dos plazas restantes, soslayándose que el error es patente y manifiesto y no merece mayor interpretación jurídica, dado que:
Donde dice: «Formación y Perfeccionamiento: Por la realización de cursos de formación o perfeccionamiento relacionados con el puesto al que se opta (gestión, planeamiento, disciplina urbanística, edificación, control actividades y servicios, etc.) impartidos o financiados por Administraciones Públicas o por centros u organismos dependiente de Administraciones Públicas, Universidades o por Colegios Profesionales, por cada uno de ellos:
- De duración de hasta 15 horas: 0,05 puntos.
- De duración entre 16 y 24 horas: 0,10 puntos.
- De duración entre 25 y 39 horas: 0,25 puntos.
- De duración entre 40 y 69 horas: 0,50 puntos.
- De duración entre 70 y 99 horas: 0,75 puntos.
- De duración de 200 a 399 horas: 1,50 puntos.
- De duración de 400 horas o más: 2,00 puntos.»
Debe decir: «Formación y Perfeccionamiento: Por la realización de cursos de formación o perfeccionamiento relacionados con el puesto al que se opta (gestión, planeamiento, disciplina urbanística, edificación, control actividades y servicios, etc.) impartidos o financiados por Administraciones Públicas o por centros u organismos dependiente de Administraciones Públicas, Universidades o por Colegios Profesionales, por cada uno de ellos:
- De duración de hasta 15 horas: 0,05 puntos.
- De duración entre 16 y 24 horas: 0,10 puntos.
- De duración entre 25 y 39 horas: 0,25 puntos.
- De duración entre 40 y 69 horas: 0,50 puntos.
- De duración entre 70 y 99 horas: 0,75 puntos.
- De duración entre 100 y 199 horas: 1,00 punto.
- De duración de 200 a 399 horas: 1,50 puntos.
- De duración de 400 horas o más: 2,00 puntos.»
Lo que se hace público para general conocimiento de los eventuales aspirantes, en Iznájar, a 28 de abril de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.