Boletín nº 85 (08-05-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 1.641/2017

Extracto del Acuerdo nº 345/17 de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba de 21 de abril de 2017 por la que se convocan subvenciones a proyectos de Acción Humanitaria.

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3n y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

BDNS 345123

Primero. Beneficiarias

Organizaciones o agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, al menos 1 año antes de la publicación de esta convocatoria, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Córdoba antes del 1 de enero del año en curso en que se publique la convocatoria, y que cumplan el resto de requisitos detallados en la estipulación 2ª de las bases reguladoras.

Segundo. Objeto

Apoyo a acciones dispuestas a preservar y salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y después de las crisis -provocadas por el ser humano o por desastres naturales- así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan tales situaciones.

Tercero. Bases reguladoras

Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba

(URL:http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_Municipales/Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf)

La consulta de las bases de la convocatoria se podrá consultar también:

BASES DE LAS CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES 2017

(URL: http://cooperacion.cordoba.es/)

Cuarto. Cuantía

La cantidad destinada a subvencionar los proyectos, a través de esta convocatoria, es de 71.000 €. La cuantía máxima que podrá percibir cada entidad o colectivo no podrá superar 15.000 €, independientemente de la cantidad de proyectos presentados. Los proyectos presentados podrán recibir subvenciones de hasta un máximo del 80% de su coste total.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos

De conformidad con las bases de la convocatoria, la solicitud deberá ir acompañada de un proyecto fechado y firmado por el/la solicitante según formulario adjunto (anexo 3), así como del resto de documentación administrativa y técnica indicada en las bases. El proyecto deberá respetar el contenido indicado en la convocatoria, y tiene que ser necesariamente presentado junto con la solicitud, no siendo objeto de subsanación, a excepción de que se pueda requerir el presupuesto, en el caso de constatar algún error, o los anexos obligatorios de la formulación, en caso de no haber sido presentados.

Córdoba, a 3 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente: El Concejal Delegado de Servicios Sociales, Cooperación y Solidaridad, Rafael del Castillo Gomariz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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