Boletín nº 88 (11-05-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.689/2017

Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), de Fecha 26 de abril de 2017, por la que se convocan Subvenciones para Actividades de Cooperación y Solidaridad con los Países en Vías de Desarrollo

BDNS(Identif.): 345470

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones aquellas organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGDs), Organismos de Solidaridad, entidades públicas, asociaciones o municipalidades (entendiéndose por tales administraciones públicas o entes dependientes de las mismas), con personalidad jurídica y capacidad legal para actuar de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. (Base reguladora Séptima).

Segundo. Objeto y destino de las subvenciones.

Las presentes subvenciones tienen por objeto el fomento de proyectos a desarrollar en países en vías de desarrollo; a este fin, en régimen de concurrencia competitiva, se concederán ayudas para proyectos que pretendan cubrir necesidades básicas que favorezcan su expansión para el desarrollo, tales como alimentación, suministro y depuración de aguas, sanidad, educación, iluminación, vivienda, transportes y otras similares. Se apoyarán proyectos y programas de cooperación internacional que mejoren las condiciones de vida de las personas y el progreso de los pueblos, los dirigidos al fortalecimiento de los municipios de los países con los que se coopera, los que fortalezcan las estructuras democráticas y participativas de la sociedad civil, los que conciernen a la mejora de la gobernabilidad y los derechos humanos, los destinados al desarrollo económico local y la promoción de fórmulas participativas de producción y desarrollo cooperativo, nuevas tecnologías y equipamientos básicos, así como ayudas al desarrollo con repercusión e incidencia en los países de origen y que vayan acompañados de tareas de sensibilización ciudadana y actividades que promuevan la participación de la comunidad y de colectivos locales en el proyecto. No obstante lo anterior, no serán objeto de subvención los programas que no contemplen repercusión directa en beneficio de la comunidad y ámbito geográfico que los motiva (Base reguladora Cuarta).

Tercero. Bases reguladoras

Acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión del día 19 de mayo de 2016, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba de fecha 10 de junio de 2016.

Cuarta. Cuantía

La dotación presupuestaria de la convocatoria asciende a 21.000,00 €.

Quinto. Plazo presentación de solicitudes

Un mes a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos

La solicitud conforme al modelo establecido deberá ir acompañada de:

- Memoria descriptiva del proyecto o actividad a realizar, detallando las actuaciones que se pretendan desarrollar, fundamentación, objetivos, metodología, presupuesto por partidas, fechas de ejecución y duración del mismo, colectivo al que se dirige y otros medios de financiación, con indicación expresa de otras subvenciones solicitadas o percibidas y de la aportación a realizar por el beneficiario. El proyecto debe contemplar como plazo de ejecución el ejercicio 2017.

- Declaración responsable firmada por el representante legal de no incurrir en ninguna de las prohibiciones que se relacionan en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones -Anexo II-.

- Declaración responsable de solicitud y/o percepción de otras ayudas para la misma finalidad -Anexo III-.

- Memoria de las actividades realizadas en los tres años anteriores, en su caso, con expresión de aquellas respecto de las cuales el proyecto que se solicita subvención mantenga relación de continuidad.

- Acreditar tres años de experiencia en gestión de proyectos de cooperación al desarrollo. La acreditación de los proyectos gestionados deberá realizarse mediante las correspondientes resoluciones emitidas por las administraciones públicas o cualquier otro documento que lo acredite fehacientemente.

- Mapas de localización exacta del proyecto (país, demarcación regional-departamental, provincial y municipal).

- Cuanta documentación gráfica, técnica, financiera y de otra índole que se estime necesaria para la correcta comprensión del proyecto.

Asimismo, deberán presentar según corresponda en cada caso, los siguientes documentos:

A.1. Si se trata de ONGD:

- Fotocopia del CIF.

- Fotocopia del DNI o pasaporte del representante legal y documento que acredite la representación.

- Copia compulsada de los Estatutos.

- Documentos que acrediten su inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de la Agencia Española de Cooperación Internacional o en vías de tramitación y en el Registro Municipal de Asociaciones en su caso (salvo que dicha documentación obre en poder del Ayuntamiento y no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento a que correspondan, no hayan sufrido modificaciones, se adecuen a la normativa vigente y se especifique la fecha y dependencia en que fueron presentados -Anexo IV-).

A.2. Si se trata de una Municipalidad:

- Acreditación del representante legal de la entidad: Alcalde/sa o similar.

- Fotocopia del DNI o pasaporte del representante legal.

- Copia del Acuerdo de su nombramiento o documento oficial que lo atestigüe.

- Domicilio legal completo.

- Certificación de la Municipalidad beneficiaria, de la existencia de un plan de desarrollo municipal, con indicación de la fecha de su aprobación y duración del plan, o en su defecto, compromiso escrito de incorporar el proyecto en caso de ser subvencionado en el próximo año dentro de su plan de desarrollo municipal. En el caso de existencia del referido plan, se deberá aportar una copia en soporte informático del mismo, donde se inscriba el proyecto presentado.

Toda la documentación se presentará en idioma castellano o traducida al mismo.

La presentación de solicitud de subvención conlleva la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos, a no ser que aquel deniegue expresamente su consentimiento, en cuyo caso deberá aportar las certificaciones o declaración responsable reguladas en el artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Lucena, 26 de abril de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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