Boletín nº 94 (19-05-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 1.791/2017

Con fecha 9/5/2017 se ha dictado la siguiente,

Resolución

El PGOU de Baena prevé la adquisición de los terrenos incluidos en la denominada AA. Calle Agustín Valverde, con una superficie total de 531 m², referencias catastrales 3645420UG8634N0001MA y 3645421UG8634N0001OA, correspondientes a las registrales nº 1331 (parcial), 1332 (parcial) y 1329 de Baena, para destinarlo a la Vial, no siendo objeto el mismo del deber legal de cesión obligatoria y gratuita.

Considerando que el artículo 160.1.B) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía -LOUA-, establece que:

La expropiación forzosa por razón de urbanismo procederá en cualquiera de los siguientes supuestos: (...) B) El destino de los terrenos, por su calificación urbanística, a cualesquiera dotaciones y, en general, al dominio público de uso o servicio públicos, siempre que deban ser adquiridos forzosamente por la Administración actuante, bien por no ser objeto del deber legal de cesión obligatoria y gratuita, bien por existir necesidad urgente de anticipar su adquisición. A los efectos de la expropiación, imposición de servidumbres u ocupación temporal, en su caso, se considerarán incluidos los terrenos colindantes afectados en la medida en que sean necesarios para implantar las dotaciones, equipamientos o servicios previstos en el instrumento de planeamiento o que resulten especialmente beneficiados por tales obras o servicios y se delimiten a tal fin.

Examinado el expediente para iniciar el procedimiento relativo a la aprobación de la relación de propietarios, bienes y derechos afectos por la expropiación forzosa de la parcela referida, y visto el documento redactado al efecto por los Servicios Técnicos municipal de fecha 13/9/2016, así como informe jurídico de Secretaría de fecha 4/4/2017, e informe de la Intervención municipal de fecha5/5/2017, sobre existencia de documento de retención de crédito para dicha finalidad por importe de OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS Y VEINTISIETE CÉNTIMOS (81.354,27 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 1532/61903 del ejercicio 2017.

Considerando lo expuesto y de acuerdo con la legislación contenida en los artículos 139, 160, 161 y 164 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía -LOUA-, los artículos 194 y 197 del Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana -RGU-, así como los artículos 17 y ss de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.j) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-,

Resuelvo

Primero. Establecer el procedimiento de tasación individual para la expropiación forzosa de las parcelas de suelo urbano incluidas en la denominada AA. Calle Agustín Valverde, con una superficie total de 531 m², referencias catastrales 3645420UG8634N0001MA y 3645421UG8634N0001OA, correspondientes a las registrales nº 1331(parcial), 1332 (parcial) y 1329 de Baena, para destinarlo a la Vial.

Segundo. Aprobar la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, según el documento redactado por los Servicios Técnicos municipales con fecha 13/9/2016 que se acompaña como Anexo a la presente.

Tercero. Proceder a abrir un trámite de información pública y audiencia a los interesados, por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 de la de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía -LOUA-, publicándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, prensa local, así como en el tablón de anuncios y sede electrónica municipal.

Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo al Registro de la Propiedad a fin de solicitar certificación registral en la que se haga constar por nota marginal el inicio de este expediente así como que se ha optado por el procedimiento de tasación individual.

Lo que se hace público para general conocimiento, sometiéndose el expediente a información pública por plazo de veinte días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, la prensa local, y el tablón de anuncios y sede electrónica municipal. Durante dicho plazo se podrán formular las alegaciones que se estimen pertinentes, encontrándose el expediente de manifiesto en las oficinas de Urbanismo del Ayuntamiento, con dirección en C/ Mesones nº 8 y en horario de 7:45 a 15:15 horas.

Baena a 10 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, PD. El Delegado de Urbanismo, Francisco de Posadas Garrido Flores.

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