Boletín nº 94 (19-05-2017)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Desarrollo Económico
Córdoba

Nº. 1.801/2017

Convocatoria de ayudas para la contratación de desempleados dentro del Programa EMPRENDE2017

BDNS (Identif.): 345507

Extracto del acuerdo del Consejo Rector del Instituto Provincial de Desarrollo Económico de 24 abril de 2017 por el que se aprueba la Convocatoria de ayudas a la contratación de desempleados/as dentro del Programa EMPRENDE 2017.

BDNS (Identif.): 345507

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bndstrans/index)

Primero. Beneficiarios

Las siguientes entidades de la provincia de Córdoba:

a) Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas.

b) Empresas privadas (microempresas y pequeñas empresas), entidades privadas sin ánimo de lucro de acción social (4º sector), asociaciones empresariales y sindicatos.

No podrán obtener la condición de beneficiarios:

- Las empresas privadas que hayan obtenido la condición de beneficiarios de dos o más subvenciones concedidas por el Instituto Provincial de Desarrollo Económico en el marco del Programa Activus/ Emprende.

- Los organismos, entidades, sociedades, institutos, Institutos, fundaciones, unidades y demás entes que estén adscritos, vinculados o sean dependientes de cualquiera de las entidades locales o de sus organismos autónomos.

- Las sociedades civiles, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

- Las asociaciones o entidades públicas o privadas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la LGS.

Segundo. Objeto

Desarrollo de proyectos que promuevan el crecimiento económico y cambio estructural que conduce a una mejora del nivel de vida de la población local, generando empleo. Se consideran elegibles los gastos del personal (Sueldo y Seguridad Social) contratado para el desarrollo del proyecto durante un período de 6 meses a tiempo completo o de 12 meses a media jornada.

Tercero. Bases reguladoras

Convocatoria subvenciones para la contratación de desempleados/as dentro del programa Emprende 2017 publicadas en la sede electrónica del instituto Provincial de Desarrollo Económico (Tablón de Edictos).

Cuarto. Cuantía

El presupuesto máximo estimado para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 700.000 €.

- Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas: La cuantía de las subvenciones serán de un máximo de 6.735,00 €.

- Empresas privadas, Asociaciones empresariales y sindicatos y Entidades privadas sin ánimo de lucro de acción social (4º sector): La cuantía de las subvenciones será como máximo del 6.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y finalizará el 15 de julio de 2017 (incluido). En el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Instituto será publicado el texto íntegro de la misma, a efectos informativos.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida en esta convocatoria (entre ellos la Memoria y el Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto), estarán dirigidas a la Presidenta del Instituto Provincial de Desarrollo Económico y se presentarán obligatoriamente a través del Registro Electrónico del Instituto en los términos que expone el artículo 7º del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.

El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la página web del Instituto www.iprodeco.es/sede/sede y se realizarán través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

Séptimo. Régimen de concesión

Concurrencia competitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones

Córdoba 8 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente: La Presidenta del Instituto Provincial de Desarrollo Económico, Ana María Carrillo Núñez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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