Boletín nº 97 (24-05-2017)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.848/2017

El Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril de 2017, por unanimidad ha adoptado (borrador del acta aprobado en sesión ordinaria celebrada el día 17 de mayo), el siguiente acuerdo:

15. CREACIÓN DE UN PUESTO DE SECRETARIO/A INTERVENTOR/A EN LA RPT 2017 PARA EL SERVICIO PROVINCIAL DE ASISTENCIA JURÍDICA Y CONSULTORÍA TÉCNICA (GEX: 2017/11762).

Primero: Acordar la creación en la Relación de Puestos de Trabajo del año en curso de un puesto de Secretario/a Interventor/a, con las siguientes características:

" Código puesto: 79.

" Área: Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior.

" Servicio o Departamento: Servicio Provincial de Asistencia Jurídica y Consultoría Técnica.

" Denominación del puesto: Secretario/a Interventor/a.

" Adscripción: Funcionario/a.

" Grupo de clasificación: A.

" Escala o categoría: Habilitación Nacional. Secretaría-Intervención.

" Forma de provisión: Concurso Habilitación Nacional.

" Nivel Complemento de Destino: 24.

" Complemento específico (importe anual): 23.631,75 €.

" Misión del puesto: Desempeñar las funciones públicas necesarias en los entes locales de la provincia, de conformidad con la competencia atribuida a las Diputaciones Provinciales por el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 5.1 (Servicios de asistencia) del Rea Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional.

Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial (o ante el Pleno, si se trata de una resolución de éste), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como dispone los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

En el supuesto de que interponga Recurso de Reposición, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, arriba citada y 46 de Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del Recurso de Reposición, podrá interponer el Recurso Contencioso-Administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

c) Cualquier otro recurso que Vd. estime conveniente en defensa de sus intereses.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba a 22 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente: El Diputado Delegado de Hacienda, RR.HH. y Gobierno Interior, Salvador Blanco Rubio.

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