Boletín nº 100 (30-05-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 1.918/2017

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDA MUNICIPAL CHEQUE-BEBE 2017

BDNS (Identif.): 348096

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA AYUDA MUNICIPAL CHEQUE-BEBE 2017

Extracto de la Resolución de Alcaldía Decreto 2017/00000550, de fecha 23/05/2017 por el que se aprueban las Bases de la Convocatoria para la Concesión de Subvenciones por Convocatoria Pública, por Concurrencia Competitiva AYUDA MUNICIPAL CHEQUE-BEBE 2017.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://.www.pap.mihhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Para ser beneficiario de la subvención prevista para la actuación regulada en la presente sección, será necesario cumplir los siguientes requisitos:

1. Madre/padre que haya tenido o adoptado un hijo/a en el año 2016, o Tutor con la patria potestad/tutela, en caso de fallecimiento de los padres.

2. Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España (Para ambos progenitores).

3. Los padres o tutores deben estar empadronados en el municipio de Hornachuelos y al menos, uno de ellos, con una antigüedad de 12 meses en el momento del nacimiento o al inicio de la convivencia en el caso de la adopción.

4. El bebé tiene que encontrarse empadronado en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud.

5.  En el caso de adopción, será condición indispensable que el adoptado sea menor de edad.

6. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT y el propio Ayuntamiento de Hornachuelos, así como con las relativas a la Seguridad Social.

Considerando la excepción contemplada en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que permite exceptuar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario en atención a la naturaleza de la subvención, se podrá eximirse de este requisito en supuestos en los que los futuros beneficiarios/as se encuentren en una situación de emergencia, indigencia, en riesgo o exclusión social. Deberá quedar debidamente acreditado mediante el correspondiente informe social de los Servicios Sociales Comunitarios.

Segundo. Objeto:

El objeto de esta Convocatoria es subvencionar los gastos corrientes de Ayudas a la Restauración y Mantenimiento de Fachadas del Casco Antiguo de Hornachuelos.

Tercero. Bases reguladoras:

Bases de la Convocatoria para la Concesión de Subvenciones por Convocatoria Pública, por Concurrencia Competitiva de 2017, y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento http://www.hornachuelos.es.

Cuarto. Importe:

Cuantía total: 10.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días hábiles,  a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP de Córdoba.

Sexto. Otros datos:

Las solicitudes deberán contener la documentación fijada en el artículo 6 de la Convocatoria.

En Hornachuelos, a 25 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María del Pilar Hinojosa Rubio.

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