Boletín nº 100 (30-05-2017)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.919/2017
Con fecha de 24 de mayo de 2017, mediante Decreto con número 2664, he resuelto lo que sigue:
En el BOP nº 113, de 15 de junio de 2016, se publicaron las bases de la convocatoria para la provisión con carácter definitivo de diversos puestos vacantes en la Diputación de Córdoba, mediante concurso general de méritos. En el BOP nº 153, de 10 de agosto de 2016, se publicó corrección de error en dichas Bases.
Vista la propuesta definitiva de adjudicación de la Comisión de Valoración nombrada mediante Decreto de esta Presidencia nº 263, de 31 de enero de 2017, publicada en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica el día 4 de mayo de 2017.
Visto el informe del Servicio de Recursos Humanos, acreditada la observancia de las normas reglamentarias, de las bases de la convocatoria, así como el procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los/as candidatos/as; con arreglo al procedimiento establecido y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
He resuelto
Primero. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria en los términos que se expresan en Anexo a la presente.
El plazo para tomar posesión será de tres días si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. El plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Podrá diferirse la fecha de cese de conformidad con lo dispuesto en la Base 9 de las que rigen la convocatoria.
La renuncia a los destinos obtenidos en el concurso no tendrá efecto, salvo que concurra alguno de los supuestos contemplados en el primer párrafo de la Base 8.
Los destinos adjudicados tienen carácter voluntario, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.
El personal que haya obtenido puesto de trabajo a través del presente concurso no podrá participar en otra convocatoria de provisión de puestos mediante el sistema de concurso hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del mismo, salvo en los supuestos de remoción o de supresión del puesto de trabajo de destino definitivo.
Segundo. Declarar desiertos: Un puesto Jef. Neg. CFP Inversiones Cód. 456, tres puestos Jefatura de Grupo Demarcación Comarcal Cód. 696, y dos puestos Cuidador/a de noches Cód. 904.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOP, sirviendo de notificación a los/as interesados/as.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá ser recurrida potestativamente ante esta Presidencia, mediante la interposición de Recurso de Reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el B.O.P. o ser impugnada directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, con arreglo al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estima procedente. No se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
ANEXO
ADJUDICATARIOS/AS CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS
(Bases publicadas en BOP nº 113, de 15 de junio de 2016,
corrección error BOP nº 153, de 10 de agosto de 2016)
Nombre y apellidos |
DNI |
Cod. puesto |
Puesto Adjudicado |
Centro puesto |
CD |
Dª Fuensanta Bravo Córdoba |
30789533P |
106 |
Jefatura Negociado N. 20 Admon |
Servicio de Patrimonio |
20 |
Dª Mª Dolores Olivencia Polo |
30953029C |
495 |
Técnico Auxiliar Gestión Tributaria |
Servicio de Hacienda |
20 |
D. Pedro José Sosa Morales |
30805459H |
790 |
Jefatura Negociado N. 20 Junta Arbitral |
Consumo y Participación Ciudadana |
20 |
Dª Isabel Nevado Calero |
80111394W |
936 |
Jefatura Negociado N. 20 Bienestar Social |
Bienestar Social |
20 |
D. Manuel Garrido González |
30459797T |
182 |
Encargado Taller |
Parque y Talleres |
18 |
Dª. Mª Angeles Muñoz Fernández |
30448473S |
890 |
Encargado/a Servicios Generales |
Discapacitados Psíquicos Profundos |
18 |
D. Juan Marín Reyes |
30405817R |
860 |
Coordinador/a Programas Juventud |