Boletín nº 125 (04-07-2017)
VI. Administración Local
Mancomunidad de La
Subbética
Córdoba
Nº. 2.338/2017
Aprobada definitivamente la Modificación de la Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Mancomunidad para el año 2017, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el texto de la citada modificación en lo siguientes términos:
Modificación del texto de las Bases de Ejecución del Presupuesto General de esta Mancomunidad de Municipios para el ejercicio 2017, en el Título II De los Gastos, Base 6ºEjecución del Estado de Gastos, en los siguientes puntos:
A. Punto 10.Indemnización por razón del servicio de los miembros de la Corporación y personal, introduciéndose al final del párrafo séptimo, después del término &respectivos, el siguiente texto:
&y, para el regreso, en su caso, la diferencia de km. existente con respecto al Centro de Trabajo entre el municipio donde se haya prestado servicios y la residencia habitual, siempre que éste sea superior.
B. Punto 16.Subvenciones, se introduce al final del texto un nuevo apartado que se denomina Subvenciones Nominativas, con el siguiente contenido:
SUBVENCIONES NOMINATIVAS:
Se prevén para el presente ejercicio presupuestario, de conformidad con los términos del Plan Estratégico de Subvenciones de la Mancomunidad, y con arreglo a las consignaciones presupuestarias dentro del capítulo IV de Gastos Transferencias Corrientes, y previa tramitación en su caso de las modificaciones presupuestarias que resulten procedentes para contemplar el gasto correspondiente que éstas supongan, las siguientes subvenciones nominativas:
1. Subvenciones a Entidades asociativas sin ánimo de lucro:
Forma: Convenios Nominativos.
Fuente de financiación: Fondos Propios de la Mancomunidad.
Descripción:
Convenio con el C.I.T. (Centro de Iniciativas Turísticas) de la Subbética para el proyecto de puesta en marcha y funcionamiento de una Plataforma de Ventas cruzadas en materia turística durante el periodo 2017-2020.
Objetivos:
Apoyo a las actividades de promoción y desarrollo turístico de la comarca de la Subbética cordobesa poniendo en marcha y manteniendo una Plataforma digital que permita a los establecimientos turísticos, de hostelería, restauración y análogos y complementarios de éstos una interrelación a través de la red que contribuya a la mejora de la comercialización de los productos ofertados por éstos y que redunde en el desarrollo general del comercio turístico de la Subbética.
Costes:
El coste total subvencionado para el presente ejercicio 2017 será de 10.000,00 euros.
Dicha modificación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Carcabuey, 14 de junio de 2017. El Presidente, Juan Pérez Guerrero.