Boletín nº 135 (18-07-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 2.470/2017

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: 442/2016. Ejecución nº: 95/2017. Negociado: A

De: D. David Aguayo Martínez, D. Mariano Barbero Gálvez, D. Manuel Alonso Vallejo, D. Luis Salamanca Simón, D. José R. Gallego Sánchez y D. Antonio J. García Gómez

Graduado Social: D. Herminio Fernández Ruiz

Contra: Matrimad S.L. y FOGASA

 

DOÑA VICTORIA ALICIA ALFÉREZ DE LA ROSA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 95/2017, a instancia de la parte actora D. David Aguayo Martínez, D. Mariano Barbero Gálvez, D. Manuel Alonso Vallejo, D. Luis Salamanca Simón, D. José R. Gallego Sánchez y D. Antonio J. García Gómez contra Matricor S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto de Nulidad de Actuaciones

En Córdoba, a 20 de junio de 2017.

Antecedentes de hecho

Primero. El 15/02/17 se dictó sentencia en los autos número 442/16 -cuya copia obra en autos [Págs. 5 a 11] y se da aquí por reproducida- que adquirió firmeza y que dio origen a la presente ejecutoria.

Segundo. A instancia de la parte demandante -y ejecutante-, el día 15/06/17 se dictó auto de aclaración de sentencia -cuya copia obra en autos [Págs. 54 a 60] y a la que se hace remisión- porque la empresa contra la que se dirigieron las demandas y a la que, por ende, debió de haberse condenado era Matrimad, S.L. y no Matricor, S.L., como por error se había dicho en la sentencia.

En consecuencia, el fallo objeto de esta ejecución es el siguiente:

Que debo de condenar y condeno a Matrimad, S.L. a que pague a cada uno de los que fueron sus trabajadores las siguientes cantidades, comprensivas de los salarios impagados y de los intereses moratorios:

1º) A D. David Aguayo Martínez: 8.053,44 € (OCHO MIL TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS).

2º) A D. Mariano Barbero Gálvez: 7.699,89 € (SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS).

3º) A D. Antonio García Gómez: 7.233,66 € (SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS).

4º) A D. José Gallego Sánchez: 9.084,32 € (NUEVE MIL OCHENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS).

5º) A D. Manuel Alonso Vallejo: 7.741,67 € (SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS).

6º) A D. Luis Salamanca Simón: 8.285,11 € (OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON ONCE CÉNTIMOS).

Cantidades de las que el FOGASA responderá, en su caso, en los supuestos y dentro de los límites legalmente establecidos.

Fundamentos de Derecho

Único. El error material descrito en el texto de la sentencia dictada en los autos núm. 442/16, ha tenido como consecuencia, aparte de la necesidad de dictar el auto aclaratorio citado, que la presente ejecución se haya dirigido contra la empresa Matricor, S.L. que es ajena al procedimiento del que trae causa y por ello al presente, en vez de haberse tramitado frente a Matrimad, S.L., defecto éste que conlleva la nulidad de lo actuado por suponer una quiebra del principio de defensa (artículos 238.3, 240.1 y 241 de la LOPJ y 225.3º, 227 y 228 de la LEC).

Por tanto, procede declarar la nulidad de lo actuado en la presente ejecución y retrotraer las actuaciones al momento en el que se dictó la diligencia de 17/04/17, teniendo en cuenta en la misma debe de decir ....respecto de la ejecutada Matrimad, S.L.....

En atención a lo expuesto y teniendo presentes los demás preceptos de general y pertinente aplicación

Se acuerda:

Declarar la nulidad de todo lo actuado, retrotrayéndose las actuaciones al momento en el que se acordó la diligencia de 17/04/17, teniendo en cuenta en la misma debe de decir ....respecto de la ejecutada Matrimad, S.L.....

Una vez sea firme el auto aclaratorio de la Sentencia dictada en los autos 442/2016, procédase de oficio conforme a lo acordado.

Notifíquese a las partes personadas, advirtiéndose que contra este auto no cabe recurso alguno. Es firme.

Así lo pronuncia, manda y firma Dña. María del Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez titular de este órgano.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado; doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Matrimad S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 21 de junio de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

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