Boletín nº 139 (24-07-2017)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 2.738/2017
Extracto del acuerdo de fecha 11 de julio de 2017 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades deportivas de la provincia de Córdoba cuyos equipos senior participen durante la temporada 2017-2018 (o temporada 2017) en la máxima o sub-máxima competición nacional.
BDNS 355332
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias
Únicamente podrán obtener la condición de beneficiarias en la presente convocatoria aquellos Clubes Deportivos y Secciones Deportivas inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED), con domicilio social en la provincia de Córdoba, que no sean Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) y cuyos equipos senior participen en la Temporada 2017-2018 (o Temporada 2017, si en dicha modalidad deportiva el calendario coincide con el año natural) en la Máxima o Sub-máxima categoría nacional de sus respectivas modalidades deportivas.
Segundo. Conceptos subvencionables
Se establecen, como conceptos subvencionables, dentro de los proyectos deportivos presentados a esta convocatoria:
a) Gastos de personal contratado para realizar las actividades previstas con sus respectivas retenciones fiscales.
b) Gastos de alojamiento, transporte y manutención, con las limitaciones establecidas para la Administración Pública.
c) Material gráfico de divulgación.
d) Gastos médicos y de asistencia sanitaria.
e) Gastos en material deportivo necesario para poder participar en las competiciones.
f) Gastos federativos, en general, como cánones, jueces, árbitros, licencias federativas o derechos federativos.
g) Gastos de alquiler y usos de instalaciones deportivas no propias.
Tercero. Actividades no subvencionables
Quedan expresamente excluidas:
a) Actividades no deportivas.
b) Aquellos proyectos que se hayan acogido a cualquier otra convocatoria anual de ayudas, que se realicen por esta Diputación de Córdoba y que vayan referidas a asociaciones y entidades, relacionado con la misma.
Las Entidades Deportivas que sean beneficiarias de subvenciones nominativas en el presupuesto de la Diputación de Córdoba para el ejercicio 2017, no podrán presentar proyecto relacionado con la misma.
Cuarto. Bases reguladoras
Convocatoria de subvenciones a entidades deportivas de la provincia de Córdoba cuyos equipos senior participen durante la temporada 2017-2018 (o temporada 2017) en la máxima o sub-máxima competición nacional, y publicadas en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos).
Quinto. Cuantía
El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 300.000,00 €, que se imputará a la aplicación 560.3412.48202 del Presupuesto General de la Corporación Provincial para el ejercicio 2017.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Las solicitudes se cumplimentarán, según datos de la Convocatoria en la Sede Electrónica de Diputación
(www.dipucordoba.es/tramites), conforme a lo dispuesto en la Base 9 de la Convocatoria.
Séptimo. Medidas de difusión, justificación y reintegro
Se establecen bases específicas para regular tanto la justificación de la subvención, como las medidas de difusión del carácter público de la financiación de la actividad y sobre el reintegro de cantidades percibidas en los supuestos que se señalan.
Octavo. Otros datos
Las solicitudes se presentarán en el modelo que figura como Anexo I.
La solicitud incluye un apartado en el que se autoriza a Diputación a realizar la consulta del DNI del representante legal de la entidad, el CIF de la entidad, deudas con la Seguridad Social y estar al corriente con la Agencia Tributaria.
El Anexo se debe acompañar con su correspondiente Proyecto (documento en el que la entidad detalla para qué se pide subvención) y debe contener, como mínimo, los mismos puntos del esquema orientativo (Anexo II) y su correspondiente presupuesto, desglosando en él los distintos conceptos del gasto y las diferentes fuentes de ingresos.
En función de los criterios establecidos, solamente se valorará aquellos datos que se reflejen claramente en el Proyecto.
Córdoba, 20 de julio de 2017. Firmado electrónicamente por el Presidente de la Excma. Diputación de Córdoba, Antonio Ruiz Cruz.