Boletín nº 142 (27-07-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 2.708/2017

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 19 de Julio de 2017, ha sido aprobada la convocatoria para la cesión de la nave nº 1 del Vivero de Empresas de Benamejí, sito en el Polígono Fuente Palma de esta localidad reproduciéndose la misma a continuación:

Por medio de la presente, se abre el plazo para solicitar la cesión de la nave nº1 en el Vivero de Empresas, sito en el Polígono Industrial Fuente Palma de esta localidad constituido por cuatro naves adosadas formando un conjunto, tres de ellas ya adjudicadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 9 de noviembre de 2016, tras la correspondiente convocatoria pública y procedimiento de selección previsto en el Reglamento de Funcionamiento del Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Benamejí (BOP Córdoba nº 104 de 2 de junio de 2016)

Cuenta con acceso independiente y no comparte zonas comunes con las demás. Además cuenta con una zona administrativa con recepción-oficina y despacho independiente, así como aseos-vestuarios.

Podrán solicitar su uso los emprendedores con un proyecto empresarial y empresas de reciente o nueva creación que tengan un plan de empresa viable y que desarrollen una actividad lícita, ética y adecuada a las infraestructuras del vivero de empresas, con domicilio social y fiscal en el municipio de Benamejí.

Se entiende por empresas de reciente o nueva creación aquéllas que tengan una antigüedad máxima de dos años. Igualmente, en el vivero se podrá instalar empresas en fase de constitución, así como emprendedores, que en un plazo máximo de 6 meses constituyan su empresa.

Quedan excluidos todos los proyectos que no reúnan estas características e incluso aquellos que reuniéndolas el objeto de su actividad sea meramente como almacén.

Las actividades a desarrollar en el local adscrito al vivero de empresas deberán ser compatibles con las características de éste. Aquellas actividades que necesiten obras suplementarias o adaptaciones de las instalaciones existentes deberán ser autorizadas expresamente por el Ayuntamiento de Benamejí.

Aquellos interesados en acceder al Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Benamejí, deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, una solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Alcaldesa-Presidenta de la Corporación acompañado de la siguiente documentación:

1. Fotocopia compulsada del DNI de los promotores y en su caso del CIF de la empresa.

2. Copia compulsada de la escritura de constitución (sólo empresas constituidas).

3. Curriculum vitae del promotor o promotores e informe de vida laboral.

4. Copia compulsada del alta en régimen especial de trabajadores autónomos y declaración censal de alta en el censo de obligaciones tributarias (solo empresas constituidas). En el caso de personas físicas, se tendrá en consideración la fecha más antigua entre la del alta en el Régimen Especial de los trabajadores Autónomos. Se prestará especial atención en la verificación de la antigüedad del negocio declarada.

5. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna prohibición para contratar con la Administración (artículo 60 del TRLCSP).

6. Certificado de hallarse al corriente con las obligaciones tributarias y de la seguridad social.

7. Plan de Empresa (Existe una guía de desarrollo y elaboración del Plan de Empresa como Anexo al Reglamento de Funcionamiento del Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Benamejí, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 104 de 2 de junio de 2016).

En el caso de empresas no constituidas se podrán entregar la escritura de Constitución debidamente registrada y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (para el caso de personas físicas), así como la declaración censal de alta en el censo de Obligaciones Tributarias con una antelación mínima de cinco días hábiles previos a la firma del contrato, siéndoles conservada la fecha de la solicitud.

Si del examen de la documentación aportada se comprueba que no reúne los requisitos necesarios o que la misma no está completa, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si no lo hiciera así, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámite.

A la vista de la documentación aportada y si esta fuera insuficiente para poder emitir una valoración, el Ayuntamiento de Benamejí podrá requerir al interesado que amplíe la información o aporte documentación complementaria a la presentada con la solicitud.

El procedimiento de selección se ajustará a los trámites y criterios previstos en el Reglamento de Funcionamiento del Vivero de empresas del Ayuntamiento de Benamejí (BOP de Córdoba nº 104).

La estancia en el vivero tendrá una duración inicial de dos años y podrá ser prorrogado por un año más, previa solicitud expresa del interesado con una antelación mínima de dos meses anteriores a la finalización del período concedido.

La presentación de la solicitud supone la aceptación del contenido del Reglamento de Funcionamiento del Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Benamejí y por lo tanto lo relativo a las obligaciones de los adjudicatarios.

El plazo de presentación de solicitudes será de 60 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Por lo que de acuerdo con la misma se abre el plazo de presentación de solicitudes que tal y como establece la convocatoria, será de 60 días naturales desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP de Córdoba.

En Benamejí a 20 de julio de 2017. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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