Boletín nº 143 (28-07-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 2.775/2017
En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 12 de junio de 2017, de modificación de presupuesto número 10/2017 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:
A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:
Grup. de Prog. |
Clas. econ. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
920 |
624.00 |
Administ. General-Vehículos Automóviles |
9.500,00 |
342 |
625.01 |
Mobiliario Instalaciones Deportivas 2016 |
1.416,62 |
TOTAL |
10.916,62 |
B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:
Grup. de Prog. |
Clas. econ. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
920 |
623.05 |
Administración General-Maquinaria e Inst. Nuevas |
1.000,00 |
920 |
626.00 |
Administración General-Equipos Inform. Nuevo |
300,00 |
920 |
633.00 |
Administración General-Maquinaria e Instal. Reposic. |
150,00 |
920 |
635.00 |
Administración General-Mobiliario Reposición |
150,00 |
920 |
636.00 |
Administración General-Equipos Informáticos |
150,00 |
920 |
641.00 |
Administración General-Aplicaciones Informáticas |
150,00 |
931 |
626.00 |
Administr. Financiera-Equipos Informáticos Nuevos |
100,00 |
933 |
681.00 |
Aportación Junta de Compensación PPR1 |
7.500,00 |
165 |
623.00 |
Alumbrado Público-Maquinaria e Instalacones Nuevas |
1.416,62 |
TOTAL |
10.916,62 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Benamejí a 25 de julio de 2017. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.