Boletín nº 147 (03-08-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 2.861/2017

Anuncio de aprobación definitiva

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 110, de fecha 13 de junio del corriente, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial, adoptado en sesión extraordinaria y urgente de fecha 7 de junio del corriente, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Guardería Municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA

POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE

GUARDERÍA MUNICIPAL Y CATERING

&

Artículo 3º. Cuantía

&

d) Si el importe a abonar por padre / madre o tutor del niño, según tarifa aplicada por la Delegación para la Igualdad y Bienestar Social, figura comprendido entre 100,00 y 140,00 euros, los obligados al pago, únicamente abonarán 100,00 euros.

e) Si el importe a abonar por padre / madre o tutor del niño, según tarifa aplicada por la Delegación para la Igualdad y Bienestar Social, excediera de 140,00 euros, los obligados al pago, únicamente abonarán 140,00 euros.

...

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados Recurso ContenciosoAdministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En El Viso, a 1 de agosto de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Díaz Caballero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad