Boletín nº 147 (03-08-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Viso
Nº. 2.861/2017
Anuncio de aprobación definitiva
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 110, de fecha 13 de junio del corriente, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial, adoptado en sesión extraordinaria y urgente de fecha 7 de junio del corriente, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Guardería Municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA
POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
GUARDERÍA MUNICIPAL Y CATERING
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Artículo 3º. Cuantía
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d) Si el importe a abonar por padre / madre o tutor del niño, según tarifa aplicada por la Delegación para la Igualdad y Bienestar Social, figura comprendido entre 100,00 y 140,00 euros, los obligados al pago, únicamente abonarán 100,00 euros.
e) Si el importe a abonar por padre / madre o tutor del niño, según tarifa aplicada por la Delegación para la Igualdad y Bienestar Social, excediera de 140,00 euros, los obligados al pago, únicamente abonarán 140,00 euros.
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Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados Recurso ContenciosoAdministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En El Viso, a 1 de agosto de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Díaz Caballero.