Boletín nº 151 (09-08-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Belmez

Nº. 2.837/2017

De conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el Presupuesto General de este Ayuntamiento para 2017, aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de fecha 4 de julio, se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, por lo que a continuación se inserta resumido por capítulos, según el siguiente detalle:

ESTADO DE INGRESOS

C.

Denominación

Importe (euros)

A) OPERACIONES CORRIENTES

1

Impuestos Directos

883.092,63

2

Impuestos Indirectos

35.783,05

3

Tasas y Otros Ingresos

193.545,44

4

Transferencias Corrientes

1.169.720,91

5

Ingresos Patrimoniales

45.786,72

B) OPERACIONES CAPITAL

6

Enajenación Inversiones Reales

99.132,20

7

Transferencias de Capital

112.474,56

8

Activos Financieros

0,00

9

Pasivos Financieros

0,00

TOTAL ESTADO DE INGRESOS

2.539.536,51

ESTADO DE GASTOS

C.

Denominación

Importe (euros)

A) OPERACIONES CORRIENTES

1

Gastos de Personal

132.025,93

2

Gastos Bienes Corrientes y Servicios

812.587,20

3

Gastos Financieros

80.193,17

4

Transferencias Corrientes

51.073,88

5

Fondo de Contingencia

2.609,25

B) OPERACIONES CAPITAL

6

Inversiones Reales

182.624,56

7

Transferencias de Capital

0,00

8

Activos Financieros

0,00

9

Pasivos Financieros

90.422,52

TOTAL ESTADO DE GASTOS

2.539.536,51

EMPRESA PÚBLICA AREA DE DESARROLLO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SAN ANTONIO SL

Previsión de ingresos 2017: 1.078.132,42 €.

Previsión de gastos 2017: 1.065.571,88 €.

En cumplimiento de los artículos 126 y siguientes del Real Decreto Legislativo 786/86, de 18 de abril, se publica la plantilla orgánica de este Ayuntamiento, con el siguiente detalle:

A) PERSONAL FUNCIONARIO

Denominación plaza

Número

Grupo

Secretario-Interventor

1

A1

Administrativo

3

C1

Auxiliar administrativo

1

C2

Jefe Policía Local

1

C1

Policía Local

4

C1

Jardinero

1

C2

B) PERSONAL LABORAL

Denominación plaza

Número

Profesora Guardería

1

Auxiliar Guardería

2

Limpiadoras

5

Jardinero

1

Auxiliares ayuda a domicilio

4

Encargada biblioteca

1

Auxiliar biblioteca

1

Peón Actividades diversas

1

Monitor centro adultos

2

Oficial 1ª construcción

1

Oficial 2ª construcción

1

Oficial servicios múltiples

1

Capataz servicios múltiples

1

Operario servicios múltiples

2

Administrativo

1

Auxiliar Administrativo

5

Dinamizadora Juvenil

1

Técnico Turismo

1

Director Música

1

Técnico Sistemas Informáticos

1

Dinamizadora Guadalinfo

1

Monitor Deportivo

2

Peón mantenimiento deportes

2

Encargado mercado

1

Arquitecto Técnico

1

Técnico Administración especial

1

Notificador

1

C) PERSONAL EVENTUAL/DE CONFIANZA

Denominación plaza

Número

Secretaria de Alcaldía

1

Asimismo, en cumplimiento del artículo 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, se da publicación a las retribuciones de los miembros de la Corporación y del personal eventual, según el siguiente detalle:

-Cinco dedicaciones parciales a concejales delegados: 14 pagas mensuales de 1.100 € brutos, no actualizables, por una dedicación mínima de 29 horas semanales, de las cuales, al menos, 20 se desarrollarán en horario de oficina.

-Secretaría personal de la Alcaldía: 14 pagas mensuales de 1.100 € brutos, no actualizables, por una dedicación mínima de 29 horas semanales, de las cuales, al menos, 20 se desarrollarán en horario de oficina.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 TRLHHLL, contra la aprobación definitiva del Presupuesto se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Belmez, a 31 de julio de 2017. El Alcalde. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Porras Fernández.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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