Boletín nº 152 (10-08-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 2.850/2017

Mediante Decreto de Alcaldía número 2017/00000834, de fecha 28 de julio de 2017, se ha aprobado la convocatoria y las bases que han de regir el procedimiento para la selección de un funcionario interino para ocupar la plaza de Oficial de Servicios Varios en el Excmo. Ayuntamiento de Hornachuelos.

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE UN FUNCIONARIO INTERINO PARA OCUPAR LA PLAZA DE OFICIAL DE SERVICIOS VARIOS EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HORNACHUELOS

(Expte. GEX 775/2017)

Primera. Objeto de la convocatoria

1. El objeto de las presentes bases es la selección de un funcionario interino para ocupar la vacante en la plaza de Oficial de Servicios Varios de la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Hornachuelos.

2. Es objeto también de estas bases la constitución de una bolsa de empleo para el nombramiento futuro de funcionarios interinos para el caso de que se produjeran algunas de las causas que prevé el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Segunda. Características de la plaza y funciones del puesto

1. La plaza objeto de la convocatoria tiene las siguientes características:

- Denominación: Oficial Servicios Varios

- Régimen jurídico: Funcionario interino

- Escala: Administración Especial

- Subescala: Servicios Especiales

- Grupo de clasificación profesional: C2

- Nivel (complemento de destino): 18

- Dependencia orgánica: Área de Urbanismo

- Dependencia funcional: Área de Urbanismo

La plaza tiene asignado actualmente un complemento específico de 8.640,10 euros/anuales.

2. Las funciones correspondientes al puesto de trabajo son las siguientes:

Realización de obras de fontanería; reparación de las instalaciones de conducción de agua, conservación y mantenimiento de la estructura física y detección de averías; ejecución de obras de electrificación, adecuación y reparación de las instalaciones de los centros de trabajo y sus diversas dependencias tales como calderas, instalaciones varias, etc.; trabajos de mecánica general; realización de acometidas domiciliarias de agua y supervisión de averías de los contadores de abonados; reparaciones varias de persianas, soldaduras, colocación de estanterías, cerraduras y todas las obras de mantenimiento de los edificios que no impliquen albañilería.

Podrán encomendarse otras funciones, servicios o tareas de orden administrativo que resulten necesarios para la consecución de los fines y cumplimiento de las obligaciones del Ayuntamiento.

Tercera. Requisitos que han de reunir los participantes

1. Para participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

2. Además de estos requisitos generales, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, del título de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente.

b) Estar en posesión del carnet de conducir clase B en vigor (turismos).

3. Todos los requisitos y condiciones enumerados en los apartados anteriores, deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia de la relación con este Ayuntamiento.

Cuarta. Sistema de selección

El sistema de selección será el concurso-oposición.

A. FASE DE OPOSICIÓN (100 puntos)

Los aspirantes serán sometidos a una prueba de carácter práctico, relacionada con las funciones de fontanería y/o electricidad, a elección del Tribunal de Selección, en el que deberán demostrar destreza, desenvolvimiento y pericia en el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

B. FASE DE CONCURSO (50 puntos)

A. Experiencia

La puntuación máxima que pueden obtener los aspirantes por el concepto de experiencia será de 25 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en puestos de igual o similar característica a la plaza a la que se aspira: 0,50 puntos.

b) Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en puestos de igual o similar característica a la plaza a la que se aspira: 0,25 puntos.

c) Por cada mes de servicios prestados en la empresa privada, en puestos de igual o similares característica a la plaza a la que se aspira: 0,10 puntos.

Los períodos de tiempo de experiencia inferiores al mes no puntuarán. En caso de que para acreditar los méritos se presentara el informe de vida laboral o cualquier otro documento en el que aparezca la experiencia señalada por días, se entenderá, a efectos del cómputo de meses completos, que éstos tienen treinta días.

B. Formación

La puntuación máxima que pueden obtener los aspirantes por el concepto de formación será de 25 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Ciclo formativo de Grado Superior relacionado con las funciones del puesto de la plaza a la que se aspira: 15 puntos.

b) Ciclo formativo de Grado Medio relacionado con las funciones del puesto de la plaza a la que se aspira: 10 puntos.

c) Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto de la plaza a la que se aspira, con una duración de más de 100 horas: 5 puntos.

d) Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto de la plaza a la que se aspira, con una duración de hasta 100 horas: 2 puntos.

Los cursos en los que en el título no determine el número de horas realizadas se entenderán que son de menos de 100 horas.

La fase de concurso se regirá por el sistema de autobaremación; por ello, los aspirantes se puntuarán a sí mismos en la fase de concurso mediante el formulario recogido en el Anexo II (incluida la hoja Resumen de la autobaremación de la Fase de Concurso).

Los miembros del Tribunal de Selección comprobarán la puntuación autobaremada por cada uno de los aspirantes y, en caso de que algún mérito no estuviera suficientemente acreditado o no se acogiera a los requisitos establecidos en estas Bases, corregirá la puntuación que le corresponda. Por ello, todos los méritos alegados por los aspirantes deberán estar suficientemente acreditados documentalmente, de modo que aquellos no justificados en el momento de finalización de presentación de solicitudes de participación no se tendrán en cuenta.

Quinta. Presentación de solicitudes y documentos

1. Quienes deseen participar en el presente proceso selectivo, deberán presentar instancia, conforme al modelo oficial indicando SOLICITUD DE ADMISIÓN AL PROCESO DE SELECCIÓN DE FUNCIONARIO INTERINO PARA OCUPAR LA PLAZA «OFICIAL DE SERVICIOS VARIOS» (ANEXO I).

2. La solicitud, dirigida a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentará en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Hornachuelos, o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las solicitudes que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

3. Los que deseen participar en el proceso selectivo deberán abonar veintisiete euros (27,00 €) en concepto de tasa, de acuerdo con la última tarifa aprobada y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 73, de 19 de abril de 2016, de la Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos y concurrencia a pruebas selectivas.

La cantidad deberá ser abonada en la siguiente cuenta bancaria, titularidad del Ayuntamiento

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