Boletín nº 154 (14-08-2017)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 2.842/2017
Juzgado de lo Social Número 4 de Cordoba
Procedimiento: 500/2016. Ejecución nº 108/2017. Negociado: IB
De: Doña Antonia Armenteros Castuera
Letrado: Don Eduardo Pérez Torres
Contra: Witis Ocio Cultura S.L. y FOGASA
DOÑA MARÍA FRANCISCA TRUJILLO GUIOTE, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 108/2017, a instancia de la parte actora Dª. Antonia Armenteros Castuera contra Witis Ocio Cultura S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Decreto de fecha 19 de julio de 2017 del tenor literal siguiente:
"Decreto
Letrada de la Administración de Justicia doña María Francisca Trujillo Guiote. En Córdoba, a 19 de julio de 2017.
Antecedentes de hecho
Primero. Doña Antonia Armenteros Castuera ha presentado demanda de ejecución frente a Witis Ocio Cultura S.L.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 28/04/2017 contra Witis Ocio Cultura S.L. por un total de 990 euros de principal más 198 euros calculados provisionalmente, y sin perjuicio de su ulterior liquidación para los intereses y costas.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
Fundamentos de Derecho
Único. Disponen los artículos 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PartedDispositiva
Acuerdo:
Declarar a la ejecutada Witis Ocio Cultura S.L., con CIF B14929988, en situación de Insolvencia Total por importe de 990 euros de principal más 198 euros calculados provisionalmente, sin perjuicio de su ulterior liquidación para los intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a la ejecutada Witis Ocio Cultura S.L. por Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, así como en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado abierta en el Banco Santander con IBAN nº ES55-0049-3569-92-0005001274, debiendo indicar en el apartado "observaciones" los dígitos que corresponden a la cuenta expediente de esta ejecución: 1711-0000-05-0108/17, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. La Letrada de la Administración de Justicia".
Y para que sirva de notificación a la demandada Witis Ocio Cultura S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 19 de julio de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Francisca Trujillo Guiote.