Boletín nº 154 (14-08-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 2.855/2017

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Ejecución Nº: 95/2017. Negociado: A

De: Don David Aguayo Martinez, don Mariano Barbero Gálvez, don Manuel Alonso Vallejo, don Luis Salamanca Simón, don José R. Gallego Sánchez y don Antonio J. García Gómez

Graduado Social: Don Herminio Fernández Ruiz

Contra: Matrimad S.L. y FOGASA

 

DOÑA MARÍA FRANCISCA TRUJILLO GUIOTE, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 95/2017, a instancia de la parte actora don David Aguayo Martinez, don Mariano Barbero Gálvez, don Manuel Alonso Vallejo, don Luis Salamanca Simón, don José R. Gallego Sánchez y don Antonio J. García Gómez contra Matrimad S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Auto y Decreto de fecha 28/7/2017 con parte dispositiva del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

S.Sª. Ilma. dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos contra Matrimad S.L., con CIF B80267347, por la cantidad de 48.098,09 euros de principal mas 9.619,62 euros calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Constando la parte ejecutada en paradero desconocido por Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Así por este Auto lo acuerdo, mando y firma el Iltma. Sra. doña María del Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe.

Parte dispositiva

Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de los bienes de la propiedad de Matrimad S.L., con CIF B80267347, por la cantidad de 48.098,09 euros de principal mas 9.619,62 euros calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos de ejecución.

Se acuerda el embargo de los posibles saldos de la titularidad de la ejecutada en cuentas abiertas en las entidades bancarias adheridas al convenio suscrito por la Asociación Española de Banca y el CGPJ, librando la correspondiente orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Se acuerda el embargo de las devoluciones reconocidas por la Agencia Tributaria en favor de la ejecutada, por cualquier concepto, y líbrese orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Habiendo sido declarada la ejecutada Matrimad S.L., con CIF B80267347, en insolvencia provisional mediante Decreto dictado por el Juzgado de lo Social Nº 3 de Córdoba, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y constando la parte ejecutada en paradero desconocido por Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado abierta en el Banco Santander con IBAN nº ES55-0049-3569-92-0005001274, debiendo indicar en el apartado "observaciones" los dígitos que corresponden a la cuenta expediente de esta ejecución: 1711-0000-05-0095/17, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Por este mi Decreto lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación a la demandada Matrimad S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 28 de julio de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Francisca Trujillo Guiote.

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