Boletín nº 157 (18-08-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 3.009/2017
Anuncio Delegación de Competencias
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2017, en turno de Urgencias, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
N.º 749/17. CONTRATACIÓN. MOCIÓN DEL SR. CONCEJAL DELEGADO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN A FAVOR DE LA AGENCIA PÚBLICA ADMINISTRATIVA LOCAL INSTITUTO MUNICIPAL DE TURISMO DE CÓRDOBA (IMTUR), EN RELACIÓN A TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE GASTOS INCLUIDOS EN EL PLAN TURÍSTICO DE GRANDES CIUDADES.
Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, así como la propuesta contenida en la Moción que más arriba se cita, y teniendo en cuenta que las actividades a que se refiere dicha propuesta han de estar finalizadas antes del 20 de octubre del presente año y la complejidad de los procedimientos de contratación necesarios, la Junta de Gobierno Local declaró la Urgencia del asunto y adoptó los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar la Encomienda de Gestión, a favor de la Agencia Pública Administrativa Local Instituto Municipal de Turismo de Córdoba (IMTUR), para la realización de actividades de carácter material y técnico para la tramitación de expedientes de gastos corrientes incluidos en el Plan Turístico de Grandes Ciudades.
Los trabajos objeto de la Encomienda son los siguientes:
- Participar en la redacción de los proyectos e informes técnicos relativos a los expedientes de contratación con cargo al gasto corriente del Plan Turístico de Grandes Ciudades.
- Emisión de los informes acreditativos de la necesidad y conveniencia de la contratación.
- Asistencia a la Mesa de Contratación Municipal en la elaboración de cuantos informes fueran precisos previos a la adopción de los correspondientes acuerdos por dicho Órgano relativos a los expedientes de contratación.
- Asumir la condición de responsable del Contrato.
- Dirección y/o supervisión de la ejecución de los servicios y suministros contratados.-
- Así como todas aquellas actuaciones que puedan surgir durante la tramitación del expediente.
Segundo. La presente Encomienda no conlleva transferencia de fondos al Instituto Municipal de Turismo, quedando los mismos en el ámbito de la Delegación de Turismo.
Tercero. La duración de la Encomienda será la necesaria para la ejecución de todos los trabajos objeto de la misma con cargo al Plan Turístico y, en todo caso, será coincidente con la vigencia de dicho Plan, en los términos establecidos en la Cláusula Novena del Convenio de colaboración entre la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba.
Cuarto. Declarar la urgencia en la tramitación del expediente, de conformidad con la propuesta del Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Turismo.
Quinto. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 a) de la LRJSP para su eficacia.
Sexto. Dar traslado del presente Acuerdo al Instituto Municipal de Turismo (IMTUR) a los efectos oportunos.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Córdoba a 9 de agosto de 2017. Firmado electrónicamente: El Concejal Delegado de Gestión y Administración Pública, Deportes y Juventud, Antonio Rojas Hidalgo.