Boletín nº 160 (23-08-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.048/2017

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2017, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº 734/17. PRESIDENCIA. 9. PROPOSICIÓN DEL SR. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES, DE NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO RECTOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE TURISMO DE CÓRDOBA (IMTUR).

Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Proposición de que se trata, la Junta de Gobierno Local adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Nombrar a los siguientes miembros del Consejo Rector del IMTUR:

ª GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR

Titulares:

- Dña. Amelia Caracuel del Olmo.

- Dña. Elena Martínez-Sagrera Eguilaz.

- D. Juan Miguel Moreno Calderón.

Suplentes:

- D. Salvador Fuentes Lopera.

- D. José María Bellido Roche.

- Dña. Laura Ruiz Moral.

ª GRUPO MUNICIPAL PARTIDO SOCIALISTA

Titulares:

- Dña. María del Mar Téllez Guerrero.

- Dña. Carmen González Escalante.

Suplentes:

- D. David Luque Peso.

- D. Antonio Rojas Hidalgo.

ª GRUPO MUNICIPAL GANEMOS CÓRDOBA

Titulares:

- D. Rafael Blázquez Madrid.

- D. Francisco Molina Varona.

Suplentes:

- Dña. María Ángeles Aguilera Otero.

- Dña. Victoria López Ruiz.

ª GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA

Titulares:

- D. Pedro García Jiménez.

- Dña. Amparo Pernichi López.

Suplente:

- Dña. Alba Doblas Miranda.

ª GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS

Titular:

- D. José Luis Vilches Quesada.

Suplente:

- D. David Dorado Ráez.

ª GRUPO MUNICIPAL MIXTO

Titular:

- D. Rafael Carlos Serrano Haro.

ª CONSEJO DEL MOVIMIENTO CIUDADANO

Titular:

- Dña. María Paz Robledo Migallón.

Suplente:

- Dña. María Carmen Cañete Sevillano.

Segundo. De acuerdo con los principios de buen gobierno reflejados en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, a todos los miembros de los Consejos Rectores de los Organismos Autónomos se les aplicarán las causas sobre incompatibilidades, prohibiciones para contratar y demás limitaciones contempladas en la normativa de prevención de conflictos de intereses, así como la regulación de los deberes de abstención y causas de recusación, establecidas en el ordenamiento jurídico para los Concejales.

Tercero. Comuníquese a los interesados y al IMTUR.

Cuarto. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba.

Córdoba, 8 de agosto de 2017. El Alcalde Accidental, Pedro García Jiménez.

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