Boletín nº 168 (04-09-2017)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.193/2017

La Sra. Diputada Delegada de Bienestar Social ha aprobado, el día 30/08/2017, las bases de la I Convocatoria de los Galardones del Día de la Provincia de la Diputación de Córdoba 2017, que se hacen públicas con el siguiente tenor literal:

BASES DE LA I CONVOCATORIA DE LOS GALARDONES DEL DÍA DE LA PROVINCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA 2017

Primera. Objeto de los galardones

Los I Galardones del Día de la Provincia de Córdoba 2017 reconocerán la labor de asociaciones, federaciones y personas físicas, que destaquen por su sensibilidad, su labor, dedicación e implicación en el movimiento asociativo y ciudadano, y hayan adquirido especial relevancia y sean significativas en el ámbito de la participación ciudadana en sus respectivas localidades y/o ámbitos de actuación.

Segunda. Presupuesto

Estos galardones consistirán en 6 placas conmemorativas, conforme a las modalidades que se establecen en la base tercera; que se financiará con cargo a la partida 490.9241.22612 del Presupuesto de la Diputación de Córdoba para el 2017.

Tercera. Modalidades

1. Se distinguen los siguientes galardones:

a) Al compromiso con la participación y dinamización ciudadana.

b) Al compromiso por la promoción y defensa de personas consumidoras y promoción del Consumo responsable.

c) Al compromiso con la democracia activa y participativa.

d) Al compromiso por la puesta en valor de los valores ambientales de nuestra provincia.

e) Al compromiso por la dinamización y puesta en valor de los recursos turísticos y empresariales.

f) Al compromiso y puesta en valor de los valores patrimoniales y culturales de de nuestra provincia.

2. Las candidaturas se harán a una sola de las modalidades propuestas. No obstante, si la proposición presentada no especifica la modalidad a la que se presenta, el jurado podrá optar bien por incluirla en una de ellas o bien por excluirla en el caso de que no cumpla los requisitos exigidos en el concurso.

3. Si alguna de las candidaturas propuestas, a pesar de destacar notablemente en su modalidad, no es elegida, el jurado podrá decidir si le otorga Diploma de mención especial.

4. Si una candidatura pudiera incluirse en modalidad distinta de la consignada, el jurado podrá incluirla en aquella modalidad que considere más adecuada según los objetivos de cada una de ellas.

Cuarta. Participantes

Las candidaturas a los I Galardones del Día de la Provincia de Córdoba 2017 en las modalidades descritas en la base tercera de la presente convocatoria, se harán a propuesta de Ayuntamientos, Entidades Locales Autónomas, Mancomunidades y Grupos de Desarrollo Rural de la provincia de Córdoba. Podrán ser candidatos/as participantes, aquellos/as que con su trabajo, trayectoria o actividad contribuyan y destaquen en la consecución del objetivo definido en el apartado primero de las presentes bases y en todo caso, reúnan los requisitos establecidos a continuación:

1. Que sean asociaciones, federaciones o personas físicas, que tengan su sede, o domicilio, o desarrollen la acción o actividad por el que se les propone en el ámbito de la provincia de Córdoba.

2. Que pertenezcan o desarrollen su actividad en el ámbito del movimiento asociativo y de la participación ciudadana, desarrollo social y económico de su municipio.

3. Las asociaciones o federaciones han de estar inscritas y sus datos actualizados en el Registro de Asociaciones Ciudadanas de la Diputación Provincial.

4. Las candidaturas presentadas deberán reunir la documentación que se indica en la base quinta.

Las candidaturas no se podrán postular a sí mismas, sino a propuesta de Ayuntamientos, Entidades Locales Autónomas, Mancomunidades, o Grupos de Desarrollo Rural de la provincia de Córdoba.

Quinta. Documentación

Para la formalización de las candidaturas será necesario la presentación de la siguiente documentación:

a) Instancia del Ayuntamiento, Entidad Local Autónoma, Mancomunidad o Grupo de Desarrollo Rural, que haga la propuesta de candidatura, con expresión de sus datos significativos, en la que constarán los datos de identificación y contacto de las asociaciones, federaciones y/o personas físicas propuestas como candidatas, y modalidad en la que se propone.

b) Las candidaturas propuestas deberán ir acompañadas de una memoria justificada de los méritos y razones que han motivado la presentación de la misma, así como currículo vitae y/o en su caso, memoria del proyecto, iniciativa o actividad desarrollada por la asociación y/o persona física candidata conforme a lo indicado en el Anexo I, cuya extensión no podrá superar los 10 folios, aunque se puede hacer referencia, indicar enlaces o vínculos a otra documentación.

La instancia y documentación a que se refiere el apartado anterior irán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba, con mención de la modalidad del galardón a que se propone la candidatura, conforme al modelo que se recoge como Anexo I.

No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en la convocatoria.

Sexta. Plazo y lugar de presentación

1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba. En el tablón de edictos de la sede electrónica (en adelante, toda referencia al tablón de edictos se entenderá hecha al tablón de edictos de la sede electrónica) será publicado el texto íntegro de la misma, a efectos informativos.

2. Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida en esta convocatoria, serán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial y se presentarán, de manera exclusiva, a través del registro electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7º del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.

3. El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la página principal del sitio Web corporativo de la Diputación de Córdoba www.dipucordoba.es y se realizarán través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

4. Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por el/la Representante legal de la Entidad proponente (Alcalde/sa, Presidente/a), proporcionando el registro electrónico documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6º del Reglamento citado.

5. Con el fin de asegurar la identidad de la persona proponente, para el acceso a la tramitación electrónica se requerirá estar en posesión de Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario está disponible en la dirección electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (www.dipucordoba.es).

6. No serán admitidas a trámite las propuestas que se presenten fuera del plazo establecido en esta convocatoria, resolviéndose su inadmisión, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en los artículos 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima. Jurado

La valoración y ponderación de las propuestas recibidas se realizará por un jurado, cuya composición será la siguiente:

a) Presidenta: La Diputada Delegada de Consumo y Participación Ciudadana.

b) Vocales: Cinco Diputado/as Provinciales representantes de cada uno de los Grupos Políticos constituidos en la Corporación.

c) Asesores/as: Dos Técnicas/os de la Diputación con formación suficiente en la materia, actuarán con voz y sin voto.

d) Secretaria: La Jefa del Departamento de Consumo y Participación Ciudadana, que actuará con voz y sin voto.

Octava. Selección de las candidaturas premiadas

El Jurado, previa deliberación, y mediante voto unánime o por mayoría, seleccionará a las candidaturas premiadas en cada una de las modalidades, que deberá de motivar y constar en acta, en base a la documentación que se presente y que resulte más acorde con el objeto y fin que se pretende en cada modalidad.

Novena. Galardones

1. La relación de premiados/as se hará pública en el Tablón de Anuncios mediante Resolución de la Diputada de Bienestar Social.

2. La entrega de los galardones a las candidaturas presentadas se realizará en acto público organizado por la Diputación de Córdoba, cuya fecha, hora y lugar de celebración será debidamente comunicada

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