Boletín nº 173 (12-09-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 3.244/2017

Número. Dg 131/2017

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el Salón de Plenos de esta ciudad el día 8 de septiembre de 2017, a las 20:00 horas.

Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss. del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente, he resuelto:

Primero. Delegar en la Sra. Concejala de este Ayuntamiento, Doña Mª del Carmen Méndez Calvillo, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 8 de septiembre de 2017, a las 20:00 horas.

Segundo. Notifíquese esta Resolución a la interesada y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero. Dar cuenta del presente decreto al Pleno en la primera sesión que se celebre.

En Adamuz, La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. Manuela Bollero Calvillo. El Secretario Interventor, Fdo. Fernando Jesús Tena Luque.

Adamuz, a 17 de agosto de 2017. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Manuela Bollero Calvillo.

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