Boletín nº 180 (21-09-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 3.369/2017

Por Decreto de Alcaldía, de fecha 15 de septiembre de 2017, se ha dispuesto aprobar la convocatoria y las bases que han de regir el procedimiento selectivo convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena para la provisión, como funcionario/a interino/a, de un puesto de Monitor de Piano - Formación Musical, y cuyo texto seguidamente se reproduce:

"CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA PARA LA PROVISIÓN, COMO FUNCIONARIO/A INTERINO/A, DE UN PUESTO DE MONITOR DE PIANO - FORMACIÓN MUSICAL

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de un puesto de "Monitor de Piano - Formación Musical", de forma interina, cuya cobertura definitiva tendrá lugar cuando se cubra la plaza por alguno de los procedimientos de selección legalmente previstos, o se proceda, en su caso, a la amortización de la misma.

Segunda. Identificación del puesto

El puesto ofertado en interinidad es de "Monitor de Piano - Formación Musical", encuadrado en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Plazas de Cometidos Especiales, Grupo de clasificación C1.

Tercer. Requisitos de los/las aspirantes

Para ser admitido/a se precisa reunir los siguientes requisitos:

* Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o incluirse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre.

* Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

* Estar en posesión del Título de Grado Medio o Profesional de Música en la especialidad de piano, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título. En el supuesto de que se aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente.

* Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

* No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Cuarta. Publicidad y solicitudes de admisión

Las instancias de participación irán dirigidas al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Lucena y se presentarán en el Registro General del mismo o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera de esta convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. No obstante, la persona finalmente seleccionada para la provisión del puesto habrá de acreditar documentalmente, con carácter previo a su toma de posesión, el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera (a fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes de participación), tal y como se estipula a su vez en la base novena.

El resto de anuncios referidos al proceso selectivo (fechas y lugar de celebración de las pruebas, calificaciones, etc.) serán objeto de publicación en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Corporación (www.aytolucena.es). En todo caso, las fechas de celebración de las pruebas serán hechas públicas en dicha sede electrónica con una antelación mínima de 72 horas.

Quinta. Listas de admitidos

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Corporación (www.aytolucena.es), se concederá, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, un plazo de diez días para que los/as aspirantes excluidos/as puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos se expondrán en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Corporación (www.aytolucena.es).

Sexta. Tribunal Calificador

El Tribunal estará integrado por cinco miembros, de los cuales uno de ellos actuará como Presidente y otro como Secretario, todos ellos con voz y voto, y será designado por el Sr. Alcalde en la Resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluídos.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, titulares o suplentes indistintamente, y de la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que estime oportunos, limitándose la actuación de dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos que en la misma se establezcan.

Séptima. Desarrollo del proceso

El proceso selectivo constará de dos fases, que se desarrollarán por este orden:

1ª) Fase de oposición: Estará compuesta a su vez por 2 pruebas:

ª Prueba teórica: En dicha prueba los/as aspirantes tendrán que reponder por escrito, en un periodo de tiempo que previamente determine el Tribunal, un cuestionario de 50 preguntas con respuestas alternativas de conocimientos sobre el temario que se publica como Anexo de estas bases, siendo correcta solo una de ellas. Cada pregunta acertada tendrá un valor de 0,08 puntos, restándose 0,02 puntos por cada pregunta fallada. Las preguntas en blanco no restarán.

Esta prueba será calificada hasta un máximo de 4 puntos.

ª Prueba práctica: Dicha prueba consistirá en la interpretación con piano de aquella/s obra/as, o fragmento/s de esta/s, a propuesta del Tribunal Calificador.

Esta prueba será calificada hasta un máximo de 2 puntos, resultando eliminados del proceso selectivo los aspirantes que no alcancen un mínimo de 1 punto.

Solo superarán la primera fase del proceso, y en consecuencia serán calificados como Aptos, aquellos/as aspirantes que hubiesen obtenido al menos 3 puntos, sumando a estos efectos las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos pruebas que la componen. En todo caso, dicha suma solo procederá en el caso de aquellos/as aspirantes que hubiesen obtenido una calificación mínima de 1 punto en la prueba práctica, en caso contrario el aspirante será calificado como No Apto.

2ª) Fase de concurso (valoración de méritos):

Esta fase será de exclusiva aplicación a los aspirantes que hubieran superado la primera fase del proceso (fase de oposición), y en consecuencia solo a aquellos que hubiesen resultado calificados como Aptos.

A su vez, la presente fase estará compuesta por tres subapartados:

A) Experiencia Profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local como monitor de piano o puesto superior en dicha especialidad instrumental: 0,10 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas como monitor de piano o puesto superior en dicha especialidad instrumental: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en empresa pública o privada como monitor de piano o puesto superior en dicha especialidad instrumental: 0,03 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. De igual modo, los periodos de servicios inferiores al mes serán valorados proporcionalmente.

La puntuación máxima por este subapartado A será de 1,5 puntos.

B) Titulación y formación:

- Por estar en posesión del Título Superior de Música, especialidad piano: 1,5 puntos.

- Por estar en posesión del título de Diplomatura de Magisterio en la especialidad de Educación Musical, o Grado equivalente: 1 punto.

- Por estar en posesión del título de Master universitario en formación del profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanza de idiomas o Certificado de aptitud pedagógica (CAP): 0,5 puntos.

- Por cada hora lectiva de cursos formativos, jornadas, seminarios o congresos, expedidos por instituciones públicas, directamente relacionados con la plaza a cubrir: 0,01 puntos, hasta un máximo de 0,50 puntos.

La puntuación máxima por este subapartado B será de 2 puntos.

C) Superación de ejercicios y pruebas selectivas en la Administración Pública:

- Por cada ejercicio superado en procesos de selección en la Administración Pública en plazas o puestos similares ó superiores, en la especialidad piano: 0,25 puntos.

La puntuación máxima por este subapartado C será de 0,50 puntos.

Octava. Acreditación de los méritos alegados

Los méritos alegados por los/as aspirantes habrán de ser acreditados documentalmente junto con la solicitud de participación en el proceso (sin que en ningún caso puedan resultar objeto de valoración méritos aportados por los/as aspirantes una vez finalizado el plazo habilitado para la presentación de solicitudes), y en la forma que seguidamente se indica:

* Experiencia profesional. Mediante la certificación expedida por la Administración correspondiente (comprensiva de los periodos de servicios prestados e identificación del puesto ocupado) o, en su defecto, informe de vida laboral y contratos o tomas de posesión correspondientes. Si los servicios prestados lo han sido en empresa privada se acreditarán aportando contrato/s de trabajo e informe de vida laboral, debiendo presentar ambos documentos.

* Titulaciones Acádemicas. Mediante la presentación del título académico o certificado de estudios desarrollados, expedido por la autoridad docente competente.

* Cursos de formación. Mediante certificado o documento acreditativo de las asistencia expedido por el ente organizador de los mismos.

* Superación de ejercicios y pruebas selectivas en la Administración Pública. Mediante certificado o documento acreditativo de la superación de ejercicios o pruebas expedido por la Administración correspondiente.

Novena. Resultados del proceso

Concluida la primera fase del proceso, el Tribunal Calificador hará público en el Tabón Electrónico de la Corporación (www.aytolucena.es) las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada una de las dos pruebas realizadas, junto con la calificación de Apto/a o No apto/a.

Finalizada la segunda fase del proceso selectivo, el Tribunal Calificador hará público en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Corporación (www.aytolucena.es) las puntuaciones totales de los aspirantes, especificándose la puntuación alcanzada por éstos/as en cada una de las pruebas y apartados en que se subdividen las distintas fases del mismo, y propondrá a la Alcaldía el nombramiento de la persona que haya obtenido la mayor puntuación total (sumando las obtenidas en ambas fases del proceso), para proceder a su nombramiento, resolviéndose en caso de empate atendiendo al candidato/a que haya obtenido mayor puntuación global en la primera fase. En caso de que persista el empate se atenderá al candidato/a que haya obtenido la mayor puntuación en la prueba teórica, y en última instancia se procederá a un sorteo público si persistiese dicho empate.

Una vez requerida la persona que corresponda, ésta deberá personarse en el Excmo. Ayuntamiento, en un plazo máximo de 48 horas, al objeto de formalizar la correspondiente toma de posesión, debiendo aportar previamente los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

Décima. Creación de una Bolsa

A su vez se procederá a constituir una bolsa conforme al orden de puntuación que se haya obtenido en el total del proceso, donde se incluirán los aspirantes que hayan alcanzado la segunda fase del proceso (esto es, todos aquellos que hubiesen sido calificados como Aptos en la primera fase), por medio de la cual, y durante un periodo de vigencia de cuatro años, se cubrirán las necesidades urgentes de nombramiento de Monitores de Piano - Formación Musical como funcionarios interinos cuando se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre.

Una vez conformada la bolsa de trabajo, se seguirá el orden de puntuación total obtenida para hacer los llamamientos, llamándose siempre en primer lugar al que figure primero de la lista y sin poder acudir al siguiente si no renuncia o no se presenta el aspirante anterior.

Una vez requerida la persona que corresponda, ésta deberá personarse en el Excmo Ayuntamiento, en un plazo máximo de 48 horas, al objeto de formalizar la correspondiente toma de posesión, debiendo aportar previamente los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los aspirantes que sean llamados y no atiendan dicho llamamiento, o no acrediten en el plazo indicado el cumplimiento de los requisitos y condiciones de capacidad, perderán automáticamente su derecho a permanecer en la bolsa excepto en los siguientes supuestos:

- Enfermedad del solicitante u hospitalización de familiar de primer grado debidamente justificada.

- Estar trabajando (acreditado mediante contrato de trabajo).

Cualquier incidencia que pueda surgir en la gestión de bolsas de trabajo, se elevará a Mesa de Negociación.

Undécima. Incidencias

El Tribunal queda facultado para resolver las incidencias que pudieran darse, interpretar las presentes bases y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo aquí no previsto.

ANEXO: TEMARIO

Tema 1. Constitución Española de 1978. Principios generales, caracteres y estructura. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. Fases del Procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Silencio administrativo.

Tema 3. Las entidades locales: órganos y competencias. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificados de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.

Tema 4. Historia general del piano: Orígenes y antecedentes del piano. Evolución histórica desde comienzos del siglo XVIII.

Tema 5. El piano moderno: Descripción de sus características constructivas. Funcionamiento de los elementos constitutivos de su mecánica. Mantenimiento y conservación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento.

Tema 6. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en las cuerdas percutidas: Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. La influencia de los pedales en la sonoridad pianística.

Tema 7. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica del piano. Manera de sentarse, posición del cuerpo en general y de las manos sobre el teclado. Descripción de las funciones básicas correspondientes a los distintos segmentos del brazo y sus articulaciones; movimientos y combinaciones de movimientos que de ellos se derivan.

Tema 8. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

Tema 9. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio del clavicémbalo, el clavicordio y el fortepiano a lo largo del siglo XVIII. Maestros de transición al Clasicismo. Los clavecinistas españoles.

Tema 10. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio para teclado del Clasicismo. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 11. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico de los maestros de la transición al Romanticismo: Beethoven, Schubert y otros. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 12. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico en el siglo XIX: Los grandes compositores románticos: Chopin y Liszt. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 13. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico en el siglo XIX: Los grandes compositores románticos: Mendelssohn, Schumann y Brahms. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 14. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico del Posromanticismo: Las escuelas nacionales y su aportación a la literatura pianística a lo largo de la segunda mitad del siglo XIX y comienzos del XX. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 15. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico de la música española entre dos siglos: Albéniz, Granados, Falla, Turina y otros. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 16. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico de la música iberoamericana: Villa-Lobos, Chávez, Ginastera, Lecuona y otros. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 17. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico de la música francesa entre dos siglos: Fauré, Debussy, el Impresionismo, Ravel y otros. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 18. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico de los clásicos del piano moderno: Stravinsky, Bartók, Prokofieff, Hindemith, Shostakovich y otros. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 19. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio pianístico de la moderna escuela de Viena y su influencia en el piano contemporáneo. Repertorio pedagógico adaptado a las enseñanzas elementales y profesionales.

Tema 20. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: Repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

Tema 21. El piano como instrumento acompañante. Características del repertorio y de su interpretación, tanto en música como en danza.

Tema 22. Los diferentes métodos y materiales pedagógicos actuales para la enseñanzas de iniciación en las Escuelas de Música y Danza. Metodología Kodaly. Relación con el instrumento y su didáctica.

Tema 23. Los diferentes métodos y materiales pedagógicos actuales para la enseñanzas de iniciación en las Escuelas de Música y Danza. Metodología Orff. Relación con el instrumento y su didáctica.

Tema 24. Los diferentes métodos y materiales pedagógicos actuales para la enseñanzas de iniciación en las Escuelas de Música y Danza. Metodología Dalcroze. Relación con el instrumento y su didáctica.

Tema 25. Los diferentes métodos y materiales pedagógicos actuales para la enseñanzas de iniciación en las Escuelas de Música y Danza. Metodología Yamaha. Relación con el instrumento y su didáctica".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Lucena a 15 de septiembre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde P. D. El Primer Teniente de Alcalde, José Cantizani Bujalance.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad