Boletín nº 182 (25-09-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.416/2017

Extracto del acuerdo de JGL Nº 814/17 de 7 de septiembre de 2017 por el que aprueban las Bases de la Convocatoria de los premios del Distintivo Local Concilia Plus-Ayuntamiento de Córdoba 2017, para su publicación en la BNDS.

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3n y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap .gob.es/bdnstrans/index)

BDNS 362971

El Ayuntamiento convoca los Premios Concilia Plus 2017. Su objetivo es distinguir las buenas prácticas en materia de conciliación de empresas cordobesas o que tengan sede en la ciudad, así como fomentar e incentivar la incorporación de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar en las organizaciones. Podrán participar empresas u otras entidades legalmente constituidas que cuenten con gestión de recursos humanos dentro de su estructura. Se establecen tres categorías a premiar, en función del tamaño de las organizaciones. Las empresas y organizaciones premiadas en anteriores ediciones, pueden solicitar la renovación del Sello Concilia Plus.

Primero. Beneficiarias

Podrán participar empresas u otras entidades legalmente constituidas que cuenten con gestión de recursos humanos dentro de su estructura, con los siguientes requisitos:

- Que tengan carácter privado, independientemente de su forma jurídica, tamaño y sector de pertenencia.

- Que tengan sede o delegación con trabajadores en la ciudad de Córdoba, dados de alta en la Seguridad Social.

- Que estén al corriente de todas sus obligaciones fiscales y tributarias así como de la Seguridad Social.

- Que representen mejoras de la normativa vigente en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal: medidas de flexibilidad, existencia de recursos o servicios que favorecen la conciliación, etc. Todas estas medidas deben estar sistematizadas, formalizadas y/o difundidas entre la plantilla.

Segundo. Objeto

Su objetivo es distinguir las buenas prácticas en materia de conciliación de empresas cordobesas o que tengan sede en la ciudad, así como fomentar e incentivar la incorporación de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar en las organizaciones.

Tercero. Bases reguladoras

- Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba.

URL: http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_Municipales/Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf

De conformidad con la normativa vigente en materia de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap .gob.es/bdnstrans/index

La consulta de las bases de la convocatoria se podrá hacer también en:

URL: http://igualdad.cordoba.es/m-igualdad-hombres-y-mujeres/m-distintivo-concilia-plus/premios-concilia-plus-2017

Cuarto. Cuantía

En cada una de las tres categorías se otorgará un Premio consistente en:

- Galardón honorífico.

- Premio en metálico de 1.000 € (impuestos incluidos).

- Sello "Concilia Plus" Ayuntamiento de Córdoba.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las candidaturas y solicitudes de renovación se podrán presentar a partir del dia siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provicia, siendo el plazo de presentación de las solicitudes de 12 dias hábiles.

Sexto. Otros datos

Los/las aspirantes que participen en el proceso podrán ser sometidos/as a un control institucional para verificar la autenticidad de la información.

Cierre

En Córdoba, a 20 de septiembre de 2017. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, M. Isabel Ambrosio Palos.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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