Boletín nº 183 (26-09-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 3.423/2017
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 31 de julio de 2017, se adoptó acuerdo 211/17 de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2017.
Habiendo transcurrido el plazo establecido de exposición pública, comprendido entre los días 5 de agosto y 29 de agosto de 2017, ambos inclusive, y dado que no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo; se elevan a definitivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, los puntos Primero y Segundo del citado Acuerdo Plenario que corresponden, respectivamente, a Suplemento de Crédito por importe de 99.344,16 € y a Crédito Extraordinario por importe de 4.661.523,51 €.
Los puntos definitivamente aprobados tienen el tenor literal siguiente:
Acuerdo nº 211/17
Primero: Aprobar el Expediente de Suplemento de Crédito 1SC170714H00, por montante de 99.344,16 €.
Suplemento de Crédito en las aplicación 2017 Z C30 4321 22609 0: 690 €.
Suplemento de Crédito en las aplicación 2017 Z F30 16352 22100 0: 37.268,64 €.
Suplemento de Crédito en la aplicación 2017 Z F30 1650 22100 0: 61.385,52 €.
Segundo: Aprobar los siguientes Créditos Extraordinarios, atendiendo al superávit proyectado en la liquidación de 2017, que según la última remisión a la Plataforma del Ministerio de Economía y Hacienda asciende a 11.767.321,55 € y, en los términos del Informe de Intervención de 24 de julio de 2017, una vez subsanadas y acompañados los Documentos requeridos por Intervención.
Z |
B33 |
1623 |
74002 |
0 |
IFS. SADECO PLANTA |
3.486.995,95 € |
Z |
B33 |
1623 |
74003 |
0 |
IFS. SADECO COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL |
907.500,00 € |
Z |
A40 |
4313 |
61900 |
0 |
IFS. COMERCIO |
59.972,36 € |
Z |
A50 |
1330 |
61900 |
0 |
IFS. LED SEMÁFOROS |
59.921,44 € |
Z |
B21 |
9330 |
71106 |
0 |
IFS. GMU. PABELLÓN |
112.133,76 € |
Z |
B21 |
9330 |
71107 |
0 |
IFS. GMU. PABELLÓN ESTE |
35.000,00 € |
Dichos Créditos serán inmediatamente ejecutivos en los términos del artículo 177.6 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al objeto de permitir su íntegra ejecución en 2017.
../&
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
Córdoba, a 21 de septiembre de 2017. Firma electrónica de la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba Mª Doblas Miranda (Decreto núm. 8403/16, de 3 de octubre). Vº Bº Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.