Boletín nº 183 (26-09-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Obejuna
Nº. 3.425/2017
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Fuente Obejuna adoptado en fecha 23 de junio de 2017, sobre reconocimiento extrajudicial de crédito número 1/2017, a favor de Eprinsa por importe de 6.971,68 €.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Fuente Obejuna, 20 de septiembre de 2017. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Silvia Mellado Ruiz.