Boletín nº 201 (23-10-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Santa Eufemia
Nº. 3.812/2017
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 15 de septiembre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos nº 1/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:
El importe total de la modificación se aplicará a financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación presupuest. |
Descripción |
Euros |
|
165 |
63300 |
Alumbrado público-Maquinaria, instalac. técnicas y utillaje |
63.180,85 |
TOTAL GASTOS |
63.180,85 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Santa Eufemia, a 19 de octubre de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Elías Romero Cejudo.