Boletín nº 201 (23-10-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Santa Eufemia
Nº. 3.813/2017
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 15 de septiembre de 2017, del expediente nº 6 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, como sigue a continuación:
A) Ampliación de créditos
Aplicación |
Descripción |
Ampliación de crédito |
|
Progr. |
Económica |
||
342 |
22100 |
Instalac. deportivas-energía eléctrica |
4.000,00 |
323 |
22100 |
Centros docentes primaria-energía eléctrica |
4.000,00 |
337 |
22100 |
Instalaciones de ocio y tiempo libre-energía eléctrica |
2.000,00 |
B) El importe anterior queda financiado con disminución de créditos en las siguientes aplicaciones:
Aplicación |
Descripción |
Disminución |
|
Progr. |
Económica |
||
920 |
22100 |
Administración General-energía eléctrica |
1.920,11 |
920 |
22002 |
Administración General-Mat. Inf. no inventariable |
200,00 |
932 |
22708 |
Gestión sistema tributario-Servicio de recaudación |
4.224,42 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Santa Eufemia, a 19 de octubre de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Elías Romero Cejudo.