Boletín nº 205 (30-10-2017)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial de Córdoba

Nº. 3.801/2017

Convenio o Acuerdo: Empresa Provincial de Aguas de Córdoba, S.A. (Pers. Laboral)

Expediente: 14/01/0170/2017

Fecha: 13/10/2017

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: José María Quintana Vázquez

Código 14001252011991.

Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 14 de septiembre de 2017, por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Provincial de Aguas de Córdoba S.A. (Personal Laboral), por los que, entre otros, se aprueba la revisión salarial para 2017, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

Acuerda

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.

Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial CEICE en Córdoba, Manuel Carmona Jiménez.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA REVISIÓN SALARIAL PARA EL EJERCICIO DE 2017 DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2017

En la Sala de Reuniones de EMPROACSA (Avenida del Mediterráneo, s/n, Colegios Provinciales) siendo las nueve horas y veinte minutos del día catorce de septiembre de dos mil diecisiete, se reúnen los Señores que a continuación se relacionan, con el objeto de debatir y, en su caso, adoptar los acuerdos pertinentes, en relación con el Punto Único del Orden del Día: Aprobación de la revisión salarial para 2017, convocada a instancia de la Presidencia del mediante Resolución de doce de septiembre de dos mil diecisiete.

Asistentes:

Por la representación social:

Dª Remedios Ayllón Almedina (CC.OO.)

D.Vicente Suárez Mata (CC.OO.)

D. Antonio Amaro Tobajas (CC.OO.)

D. José Manuel Núñez Rubio (CC.OO.)

D. Antonio Garrido Ramírez (CC.OO.)

D. José Manuel Martínez Pérez (CC.OO.)

D. Francisco Javier Gallardo de los Ríos (CC.OO.)

D. Pedro Téllez Guerrero (U.G.T.)

D. Ramón J. Rodríguez Requena (U.G.T.), que aporta escrito de delegación de voto de D. Antonio Gil Adame, vocal del Comité de Empresa (U.G.T.)

D. Emilio del Rey Mohedano (U.G.T.)

D. Rafael Wals Zafra (U.G.T.)

Por la representación de la Empresa:

D.Salvador Blanco Rubio (Presidente)

D. Luis Moya Cosano

Dª Yolanda Ríos Villalta

D. José María Quintana Vázquez

D. Emilio Jesús Rodríguez Villegas

(Actúa como Secretario).

Por la Presidencia se disculpa la ausencia de don Francisco Ángel Sánchez Gaitán.

Se acuerda por unanimidad designar a don Emilio Jesús Rodríguez Villegas como Secretario de la Comisión, asumiendo la Presidencia de la Comisión don Salvador Blanco Rubio, Presidente del Consejo de Administración.

Aprobación de la revisión salarial para 2017

Para el ejercicio 2017 viene rigiendo prorrogadamente el Convenio Colectivo de EMPROACSA (B.O.P. núm. 80, de 3 de mayo de 2010), habiéndose instado mediante escrito de fecha 26 de junio de 2017, Registro de Entrada núm. 3396, por la Presidencia del Comité de Empresa, según acuerdo adoptado por el Pleno del Comité de Empresa de fecha 19 de junio de 2017, la petición de que una vez conocida la subida salarial marcada en la Ley General de Presupuestos del Estado 2017, se aplique de manera inmediata y con carácter retroactivo de 01 de Enero 2017 a todo el personal por igual % y a todos los Grupos (sic).

Asimismo se hace constar que el Pleno de la Excma. Diputación de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el día 26 de julio del año en curso adoptó, a la luz de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (Ley 3/2017, de 27 de junio), las siguientes instrucciones dirigidas a Organismos y Entidades dependientes de dicha Corporación en materia de aplicación de retribuciones derivadas de Ley de Presupuestos Generales del Estado:

" La determinación y modificación de las condiciones retributivas debe ajustarse a la presente Instrucción y cualesquiera otras que dicte el Pleno en ejecución de la misma.

" Según artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público deberá ser objeto de negociación la aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las Comunidades Autónomas.

" La determinación de las citadas retribuciones corresponderá al órgano en cada caso competente según los respectivos estatutos, debiéndose dar cuenta a este Pleno de la decisión que se adopte, en su caso.

" El incremento retributivo por aplicación de la Ley 3/2017 queda autorizado en un importe del 1% como incremento global máximo respecto a las retribuciones fechadas a 31 de diciembre de 2016, en términos de homogeneidad para los dos períodos de comparación, tal y como marca el citado precepto.

Por la representación de la Unión General de Trabajadores se indica que no comparten el criterio de revisión aprobado por el Comité de Empresa, proponiendo que sea aprobado un reparto del 1% de la Masa Salarial Bruta, con carácter lineal referido a los conceptos de Salario Base y Complementos de Puesto de Trabajo y con carácter directo para el resto de conceptos salariales variables.

La representación de Comisiones Obreras se ratifica en el acuerdo aprobado por el Comité de Empresa con fecha 19 de junio de 2017, entendiendo que debiera respetarse por la representación de la Unión General de Trabajadores lo acordado.

Por parte de la Presidencia se propone una fórmula intermedia, de igual manera que ya hizo con ocasión de la aprobación de la revisión salarial de 2016.

Sigue a las exposiciones de posturas reseñadas un debate entre las partes en el que intervienen don Vicente Suárez Mata, don Pedro Téllez Guerrero y don Salvador Blanco Rubio, defendiendo las posiciones indicadas.

Finalmente se acuerda con el voto a favor de la representación de la Empresa, el de los miembros de la representación de Comisiones Obreras y el posicionamiento en contra de los miembros de la representación de la Unión General de Trabajadores:

1º. Aprobar inicialmente un incremento retributivo del 1 por ciento de todos los conceptos salariales, de conformidad con las instrucciones dictadas por Pleno de la Excma. Diputación de Córdoba en el acuerdo adoptado en la sesión ordinaria celebrada el día 26 de julio de dos mil diecisiete, respetando lo dispuesto en la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y afectando a los conceptos económicos reflejados en la tabla salarial que figura como Anexo I con carácter retroactivo al 1 de enero de 2017, si bien la eficacia de dicho acuerdo se supedita a su ratificación, en su caso, por el Consejo de Administración de EMPROACSA.

2º. Facultar, en el supuesto de producirse tal ratificación, a don José María Quintana Vázquez para proceder a tramitar ante la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la inscripción del acuerdo en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

3º. Dar cuenta al Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba de la decisión definitivamente adoptada.

Y no habiendo otro asunto que tratar se levanta la sesión a las diez horas y quince minutos, de que yo como Secretario doy fe.

Hay varias firmas ilegibles.


Adjuntos: 3-801_anexo.pdf |

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