Boletín nº 205 (30-10-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 3.892/2017

Anuncio de aprobación definitiva

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 28 de septiembre de 2017, sobre el Expediente de Modificación de Créditos n.º 6/2017, publicada su aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincial n.º 188, de fecha tres de octubre del corriente, que se hace público como sigue a continuación:

ESTADO DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos

finales

Progr.

Económica

933

632.00

II Fase Residencia Mayores

0,00

200.000,00 €

200.000,00 €

933

632.01

Adecuación Planta Alta Bar Parque

0,00

  50.000,00 €

  50.000,00 €

933

632.02

Edificio Usos Múltiples

0,00

  64.000,00 €

  64.000,00 €

153

632.03

Reparación diversas Vías Públicas

0,00

  44.000,00 €

  44.000,00 €

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

ESTADO DE INGRESOS

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

870

00

Remanente Tesorería Gastos Generales

358.000,00 €

TOTAL INGRESOS

358.000,00 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En El Viso a 26 de octubre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Díaz Caballero.

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