Boletín nº 209 (06-11-2017)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 29
Madrid
Nº. 3.860/2017
Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid
Autos nº: Despidos/Ceses en general 1192/2013
Materia: Despido. Ejecución nº: 202/2015
Ejecutante: D. Ángel Marín Benito
Ejecutadas: FOGASA, Newfoods Health Line Internacional S.L. y Cárnicas Los Pedroches S.L.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA ELENA MÓNICA DE CELADA PÉREZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 202/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. Ángel Marín Benito frente a FOGASA, Newfoods Health Line Internacional S.L. y Cárnicas Los Pedroches S.L., sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.987,88 euros de principal; 359,27 de intereses y 598,79 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas Cárnicas Los Pedroches S.L. y Newfoods Health Line Internacional S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe Recurso Directo de Revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la seguridad social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado en la entidad Banco de Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2802-0000-64-0202-15.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Letrada de la Administración de Justicia, Dª. Elena Mónica de Celada Pérez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Cárnicas Los Pedroches S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 18 de octubre de 2017. La Letrada de La Administración de Justicia, firma ilegible.