Boletín nº 209 (06-11-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 3.912/2017
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2017, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Nº. 906/17. PERSONAL. 7. PROPOSICION DEL SR. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS Y SALUD LABORAL, DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTE AYUNTAMIENTO.
Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes técnicos obrantes en el mismo, por el Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local se reseñan las observaciones contenidas en el informe de la Intervención General.
Considerándose que la Proposición complementaria incorporada al expediente no tiene efectos económicos, se pasa a conocer la Proposición más arriba referenciada, cuyo tenor literal es como sigue:
En base al informe emitido por el Jefe del Departamento de Personal en relación a la Modificación Parcial de la Relación de Puestos de Trabajo:
I. ANTECEDENTES
La Relación de Puestos de Trabajo es un instrumento que debe responder a las necesidades reales de la Administración, y por tanto, flexible y susceptible de modificación, lo que exige la posible modificación por la Corporación Local cuando no responda a las exigencias que le impone el deber de una prestación eficiente de los servicios públicos, debiendo convertirse en un instrumento dinámico (STS de 5 de febrero de 2014; EDJ 2014/31816) y no estático o pétreo; dinamismo y adaptación que se hallan amparadas por el arco de la garantía constitucional de la autonomía local.
La primera modificación se produjo el 9 de octubre de 2015 por Acuerdo núm. 932/15, de la Junta de Gobierno Local, atendiendo al requerimiento de la Administración Autonómica y de la Administración del Estado, sobre los requisitos correspondientes a la forma de provisión, y a la propuesta de clasificación para su reserva a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la subescala de Intervención Tesorería, del puesto de Adjunto al Titular del Órgano de Gestión Económico Financiera.
La segunda modificación abordaba la ejecución del acuerdo de Junta de Gobierno Local núm. 1071/15, de 20 de noviembre de 2015, por el que se acató un requerimiento hecho por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía respecto a la clasificación de determinados puestos de trabajo y que fue adoptado por la Junta de Gobierno Local por acuerdo número 570/16, de 10 de junio de 2016.
Finalmente, esta tercera modificación parcial que ahora se propone pretende lo siguiente:
Primero: Adaptar la plantilla a la RPT de cara a poner en marcha las distintas convocatorias de plazas que han sido ofertadas en 2016 y anteriores y adaptar la plantilla a la RPT.
Segundo: Rectificar una serie de errores materiales detectados desde su aprobación.
Tercero: Crear y/o modificar, determinados puestos a requerimiento de los distintos servicios para una mejor organización de los mismos, procediéndose también, a la adaptación al nuevo organigrama municipal vigente. Asimismo, se introducen las demandas de las distintas secciones sindicales a las que se han accedido en el transcurso de la negociación de este instrumento.
Cuarto: Por último, se suprimen, modifican y crean determinados puestos según la propuesta del Director General de Recursos Humanos.
II. OBJETO DE LA MODIFICACIÓN Y MOTIVACIÓN
Se propone ahora la tercera modificación del documento original de Relación de Puestos de Trabajo mediante el que se propone:
Primero: La creación de los puestos de trabajo necesarios para ejecutar la Oferta de Empleo Público aprobada para el ejercicio 2016 y anteriores y asimismo para adaptar la plantilla a la RPT.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local núm. 1043/16, de fecha 18/11/16 y de rectificación del anterior, núm 1107/16, de 2/12/2017, se dispuso aprobar la Oferta de empleo Público para el ejercicio 2016 e impulsar los correlativos procedimientos de selección para dotar de empleados/as las plazas que se han ofertado.
La Relación de Puestos de Trabajo confeccionada en 2013 y aprobada en 2014, no contemplaba todos los puestos de trabajo necesarios acordes con estas nuevas plazas ofertadas.
En la memoria que acompañó a la RPT de 2014 se decía que solo se creaban los puestos ocupados y que ello respondía a razones de economía y simplificación, no obstante, en caso justificado se propondría al órgano competente la modificación del documento original según necesidades estructurales de los servicios municipales.
Creación puestos |
Total |
Denominación |
Régimen puesto creado |
1 |
7 |
Psicólogo/a |
Funcionario |
16 |
52 |
Trabajador/a Social |
Funcionario (se suprimirán puestos laborales indefinidos cuando se cubran) |
3 |
9 |
Educador/a |
Funcionario |
1 |
1 |
T.A.E. (Licenciado en Ciencias Medioambientales) |
Funcionario |
5 |
21 |
Técnico/a de Gestión |
Funcionario (2 Laborales a extinguir) |
5 |
21 |
Agente Ejecutivo |
Funcionario (15 laborales a extinguir) |
1 |
5 |
Promotor/a de Igualdad |
Funcionario |
1 |
9 |
Inspector/a Fiscal Municipal |
Funcionario |
1 |
2 |
Ingeniero Agrónomo |
Funcionario |
1 |
2 |