Boletín nº 211 (08-11-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.964/2017

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de septiembre de 2017, se adoptaron acuerdos 214/17, 215/17, 216/17 y 217/17 de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2017.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, comprendido entre los días 21 de septiembre y 11 de octubre de 2017, ambos inclusive; no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 y 179.4 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, el siguiente:

Acuerdo nº 214/17

Primero: Aprobar una transferencia de créditos de acuerdo con el siguiente detalle:

Transferencia Negativa:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z A10 9203 22799 0

ALCALDÍA. COOR. GRAL. ACTIV. OT. TRABAJOS EMP. Y PROF.

40.000,00 €

Total Transferencia Negativa

40.000,00 €

Transferencia Positiva:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z A17 3322 22799 0

ARCHIVO. OTROS TRABAJOS EMPRESAS Y PROFESIONALES

40.000,00 €

Total Transferencia Positiva

40.000,00 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del R.D. Legislativo 2/2004 y 42 del R.D. 500/90.

Acuerdo nº 215/17

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2017 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 15.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

Z A13 3200 45391 0

CONVENIO UCO. CÁTEDRA RESOLUCIÓN CONFLICTOS

15.000,00 euros

TOTAL

15.000,00 euros

RECURSOS:

CONCEPTO

IMPORTE

BAJA EN LA APLICACIÓN Z A13 9121 22799 0 PRESIDENCIA. OTROS TRABAJOS DE EMPRESAS Y PROFESIONALES

15.000,00 euros

TOTAL

15.000,00 euros

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

Tercero: Modificar la Base 67 de las de Ejecución del Presupuesto que recoge el Plan Estratégico de Subvenciones previsto para el año 2017, en la Tabla correspondiente a Alcaldía y Presidencia, en los siguientes términos:

Incluir la fila:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z

A13

3200

45391

0

UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

Proyecto Actividades de la Cátedra Unesco de Resolución de Conflictos

15.000,00 €

2017

La modificación de la Base de Ejecución 67 ha de someterse a los mismos trámites que la aprobación inicial del presupuesto y, en concreto, seguirá las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refieren los artículos 169, 170 y 171 del R.D. Legislativo 2/2004.

Acuerdo nº 216/17

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2017 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 118.194,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

Z E70 2317 48914 0

COOP. Y SOLID. CONV. AGRUPACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS SOLIDARIDAD, TAREA DE TODAS Y TODOS

118.194,00 €

TOTAL

118.194,00 €

RECURSOS:

CONCEPTO

IMPORTE

BAJA EN LA APLICACIÓN Z E70 2317 22706 0

118.194,00 €

TOTAL

118.194,00 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

Tercero: Modificar la Base 67 de las de Ejecución del Presupuesto que recoge el Plan Estratégico de Subvenciones previsto para el año 2017, en la Tabla correspondiente a Cooperación, de la siguiente forma:

Se incluye las siguientes filas:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z E70 2317 48914 0

Asamblea de Cooperación por la Paz

  Programa de Educación en Valores Solidaridad, tarea

  de  todas y todos

3.600,00 €

2017

Asoc. Pro-Derechos Humanos Andalucía

3.000,00 €

2017

Asoc. Pro-Inmigrantes de Córdoba

10.500,00 €

2017

Asoc. Andaluza por la Solidaridad y la Paz

3.000,00 €

2017

Asoc. Educativa Barbiana

10.500,00 €

2017

Z E70 2317 48914 0

Asoc. Paz con Dignidad

  Programa de Educación en Valores Solidaridad, tarea

  de todas y todos

900,00 €

2017

Centro de Iniciativas para la Cooperación BATÁ

10.500,00 €

2017

Ecologistas en Acción

4.500,00 €

2017

Iniciativas de Economía Alternativa y Solidaria-IDEAS

42.594,00 €

2017

Grupo Jaima amigos y amigas de las RASD

3.600,00 €

2017

Asoc. MAIZCA

6.000,00 €

2017

Mujeres en Zona de Conflicto

10.500,00 €

2017

VSF-Veterinarios sin Fronteras

9.000,00 €

2017

La modificación de la Base de Ejecución 67 ha de someterse a los mismos trámites que la aprobación inicial del presupuesto y, en concreto, seguirá las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refieren los artículos 169, 170 y 171 del R.D. Legislativo 2/2004.

Acuerdo nº 217/17

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2017 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 15.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

Z A40 4313 48915 0

COMERCIO. SUBVENCIÓN AISEC. ALIMENTANDO CÓRDOBA

15.000,00 euros

TOTAL

15.000,00 euros

RECURSOS:

CONCEPTO

IMPORTE

BAJA EN LA APLICACIÓN Z A40 4313 48911 0

9.000,00 euros

BAJA EN LA APLICACIÓN Z A40 4313 48912 0

6.000,00 euros

TOTAL

15.000,00 euros

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

Tercero: Modificar la Base 67 de las de Ejecución del Presupuesto que recoge el Plan Estratégico de Subvenciones previsto para el año 2017, en la Tabla correspondiente a Fomento del Desarrollo Económico y del Comercio, de la siguiente forma:

1. Donde aparece:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z

A40

4313

48911

0

  Convocatoria en procedimiento

  de concurrencia competitiva

Subvenciones para la difusión del comercio de cercanía

90.000,00 €

2017

Se sustituye por:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z

A40

4313

48911

0

  Convocatoria en procedimiento

  de concurrencia competitiva

Subvenciones para la difusión del comercio de cercanía

81.000,00 €

2017

2. Se elimina la fila siguiente:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z

A40

4313

48912

0

  Subvención nominativa a Asociación

  de Caracoleros cordobeses

Celebración de la 4ª Caracolada ciudad de Córdoba, como mecanismo de apoyo a este típico producto cordobés y fomento de esta modalidad de actividad comercial

6.000,00 €

2017

3. Se incluye la fila siguiente:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z

A40

4313

48915

0

  Subvención Asociación para la In-

  vestigación en Sociología y Estudios

  Campesinos (AISEC)

Proyecto ALIMENTANDO CÓRDOBA

15.000,00 €

2017

La modificación de la Base de Ejecución 67 ha de someterse a los mismos trámites que la aprobación inicial del presupuesto y, en concreto, seguirá las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refieren los artículos 169, 170 y 171 del R.D. Legislativo 2/2004.

De acuerdo con lo previsto en el art. 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba a 31 de octubre de 2017. Firma electrónica de la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba Mª Doblas Miranda (Decreto núm. 8403/16, de 3 de octubre). Vº Bº: Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.

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