Boletín nº 211 (08-11-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.964/2017

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de septiembre de 2017, se adoptaron acuerdos 214/17, 215/17, 216/17 y 217/17 de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2017.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, comprendido entre los días 21 de septiembre y 11 de octubre de 2017, ambos inclusive; no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 y 179.4 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, el siguiente:

Acuerdo nº 214/17

Primero: Aprobar una transferencia de créditos de acuerdo con el siguiente detalle:

Transferencia Negativa:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z A10 9203 22799 0

ALCALDÍA. COOR. GRAL. ACTIV. OT. TRABAJOS EMP. Y PROF.

40.000,00 €

Total Transferencia Negativa

40.000,00 €

Transferencia Positiva:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z A17 3322 22799 0

ARCHIVO. OTROS TRABAJOS EMPRESAS Y PROFESIONALES

40.000,00 €

Total Transferencia Positiva

40.000,00 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del R.D. Legislativo 2/2004 y 42 del R.D. 500/90.

Acuerdo nº 215/17

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2017 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 15.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

Z A13 3200 45391 0

CONVENIO UCO. CÁTEDRA RESOLUCIÓN CONFLICTOS

15.000,00 euros

TOTAL

15.000,00 euros

RECURSOS:

CONCEPTO

IMPORTE

BAJA EN LA APLICACIÓN Z A13 9121 22799 0 PRESIDENCIA. OTROS TRABAJOS DE EMPRESAS Y PROFESIONALES

15.000,00 euros

TOTAL

15.000,00 euros

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

Tercero: Modificar la Base 67 de las de Ejecución del Presupuesto que recoge el Plan Estratégico de Subvenciones previsto para el año 2017, en la Tabla correspondiente a Alcaldía y Presidencia, en los siguientes términos:

Incluir la fila:

FUENTES DE FINANCIACIÓN

DESCRIPCIÓN BENEFICIARIO

OBJETIVO/FINES

COSTE

PLAZO DE EJECUCIÓN

Z

A13

3200

45391

0

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