Boletín nº 212 (09-11-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 4.006/2017

Extracto de Bases reguladoras y Convocatoria de Subvenciones Nominativas de Gastos Corrientes del Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba) para el ejercicio 2017

BDNS (Identif.): 369168

Presupuesto.

1. Las ayudas que se concedan al amparo de las presentes Bases se financiarán con cargo a los fondospropios del Ayuntamiento de la Rambla.

2. La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 79.193,63 €, en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos de las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan del presupuesto municipal del ejercicio 2017.

3. La concesión de ayudas quedará condicionada a la suficiencia, existencia y disponibilidad del crédito asignado a cada Área, según se describe seguidamente:

2310 48902 CONVENIO A.F.A. LA RAMBLA 6.821,39

2310 48904 CONVENIO HOSPITAL STO. C. REMEDIOS 6.026,74

3230 48004 CONVENIO COLEG. ROMUALDO AGUAYO LÓPEZ 847,00

3230 48005 CONVENIO COLEG. C. ALFAR 847,00

3260 48000 CONVENIO IES TIERNO GALVÁN 1.016,40

3260 48001 CONVENIO AMPA CERVANTES COLEGIO ROMUALDO AGUAYO 847,00

3260 48002 CONVENIO AMPA LA JARRERIA COLEGIO ALFAR 847,00

3260 48003 CONVENIO AMPA IES TIERNO GALVÁN 847,00

3340 48901 CONVENIO CON ASOCIACIÓN RUIDO 2.117,50

3340 48903 CONVENIO CON AGRUPACIÓN COFRADÍAS 5.082,00

3340 48904 CONVENIO CON PEÑA FLAMENCA LA BULERÍA 4.500,00

3340 48905 CONVENIO CON ASOC. CULTURAM 2.202,20

4330 48000 CONVENIO FEDERACIÓN EMPRESARIOS 2.541,00

4330 48001 CONVENIO ASOCIACIÓN COMERCIANTES 847,00

4330 48002 CONVENIO ASOCIACIÓN MADERA 847,00

4330 48003 CONVENIO ASOCIACIÓN METAL 847,00

4330 48004 ASOCIACIÓN CONSTRUCCIÓN 847,00

4330 48005 CONVENIO ASOCIACIÓN ALFAREROS 1.016,40

4330 48006 CONVENIO ASOC. DEL TRANSPORTE 847,00

4330 48007 CONVENIO C.I.E. 25.000,00

3260 48006 CONVENIO UNIVERSIDAD RURAL 2.000,00

9200 48000 CONVENIO OIE (OFICINA INNOVACIÓN EMPRESARIAL) 10.000,00

2310 48905 CONVENIO ASOC. CAMINANDO JUNTOS 1.200,00

2310 48906 CONVENIO ASOC. NTRA. SEÑORA DE LA ESPERANZA 1.200,00

TOTAL 79.193,634.

Se convocan a las personas y entidades que tengan la condición de beneficiarios de las subvencionesantes referidas para que presenten los correspondientes proyectos de acuerdo con las presentes Bases.

Objeto, condiciones y finalidad de la Convocatoria.

Son actividades subvencionables, exclusivamente los gastos corrientes relativos a proyectos, acciones, conductas o situaciones que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, que se realicen durante el año de su petición, esto es durante el ejercicio 2017 y que tengan por finalidad y estén recogidos en alguna de las líneas marcadas en las distintas áreas objeto de subvención. Están expresamente excluidos de esta convocatoria y no se subvencionarán los siguientes gastos:

1. Los gastos relacionados con catering, comidas o cenas (motivados por días de convivencia, fiestas fin de talleres, tertulias, apertura o clausura de jornadas y congresos, campus, etc.).

2. Gastos tributarios ni financieros.

3. Gratificaciones al personal. Los gastos subvencionados deberán referirse a actividades de los beneficiarios en las que el Ayuntamiento, con la concesión de la correspondiente subvención, ejecute una competencia propia, de conformidad con la legislación vigente en materia de régimen local.

Solicitudes, documentación y plazo

Uno. Las solicitudes se ajustarán, al modelo que figura como Anexo I y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, 9) o a través de la sede electrónica (www.larambla.es).

Asimismo se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dos. Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

· Proyecto exhaustivo de las actividades a realizar conforme al modelo de Anexo I, con una extensión máxima de cinco folios. (Se acreditará la repercusión, que la ejecución del proyecto, tiene en la actividad municipal que desarrolla cada Área, y por consiguiente persigue los objetivos de interés público y social).

· Presupuesto detallado indicando los gastos, así como los ingresos previstos para financiar las actividades (Anexo II). Cuando no se prevean ingresos, se deberá acompañar una declaración responsable en la que se haga constar esta circunstancia.

· Fotocopia compulsada del DNI de la persona solicitante, o de la persona que ostente la representación legal de la Asociación/Entidad.

· Fotocopia compulsada del acta de elección, en su caso, del representante como solicitante legal de la entidad y/o Institución, o de cualquier otro documento que le acredite fehacientemente como tal.

· Fotocopia compulsada del CIF de la Asociación o Entidad solicitante.

· Acreditación de no estar incurso la Asociación o Entidad en las prohibiciones para obtener lacondición de beneficiario de subvenciones, en la forma prevista en la base quinta (Anexo III).

· Fotocopia de acreditación de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de La Rambla.

Tres. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de la publicación del presente acuerdo en extracto y por conducto de la BDNS, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Cuatro. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la Convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en elartículo 21 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán tenidas en cuenta. Pagos de conformidad con el artículo 34 de la Ley General de Subvenciones, el pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, de la realización TOTAL de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió la subvención, aunque el importe de la misma seainferior. La documentación justificativa deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la finalización de laactividad subvencionada (plazo máximo 31 de marzo de 2018).

En La Ramba (Córdoba), 3 de noviembre de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Alfonso Osuna Cobos.

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