Boletín nº 215 (14-11-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Encinas Reales
Nº. 4.078/2017
Don Gabriel González Barco; Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales (Córdoba), hago saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales que a continuación se relacionan:
ª Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de Cementerio: incremento del 2%.
ª Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Tanatorio Municipal: incremento del 2%.
ª Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública.
El apartado 3 del artículo 5º, Cuota Tributaria, queda redactado de la siguiente forma:
3. La Tarifa de la Tasa será la siguiente:
Por cada cajero automático:
En 1ª Categoría: 840,64 euros.
En 2ª Categoría: 683,02 euros.
Segundo. Someter el expediente a información pública, durante un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción del correspondiente anuncio en el B.O.P., a efectos de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, según lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Tercero. Si durante el referido plazo no se presentan reclamaciones, el presente acuerdo quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 3 de noviembre de 2017. El Alcalde, firma ilegible.