Boletín nº 217 (16-11-2017)
VIII. Otras Entidades
Instituto Municipal de
Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba
Nº. 4.112/2017
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de noviembre de 2017, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:
N.º 290/17. IMDEEC. 16. DICTAMEN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO, DE APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA, MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, POR IMPORTE DE 689.320,21 EUROS.
Leído el punto del Orden del Día se conoce el Dictamen de la Comisión Permanente de Desarrollo, de fecha 6 de noviembre de 2017, de aprobación inicial de la modificación presupuestaria, mediante crédito extraordinario, por importe de 689.320,21 euros.
Sometido el asunto a votación, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, por mayoría de 26 votos a favor de los Grupos Municipales, Popular (11), Socialista (7), IU,LV-CA (4) y Ganemos Córdoba (4) y 2 abstenciones de los Grupos Municipales Ciudadanos-Córdoba (1) y Mixto (1), acuerda:
Primero: Aprobar el expediente 1/2017. Propuesta de modificación presupuestaria, mediante crédito extraordinario, financiada con Remanente Líquido de Tesorería Positivo resultante en la liquidación del ejercicio 2016, al objeto de transferir al Ayuntamiento de Córdoba la cantidad que ha arrojado el superávit presupuestario (689.320,21 €), capacidad de financiación según el Sistema Europeo de Cuentas, correspondiente a la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2016, conforme a lo establecido en el artículo 32 y Disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
ALTAS QUE SE PROPONEN EN GASTOS (EMPLEOS):
Cdo. Pto. |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
0 4390 40000 |
Transferencias corrientes a la Administración Gral. de la Entidad Local |
689.320,21 € |
TOTAL |
689.320,21 € |
ALTAS QUE SE PROPONEN EN INGRESOS RECURSO FINANCIADOR (RECURSOS):
Cod. Pto. |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
0 87000 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
689.320,21 € |
TOTAL |
689.320,21 € |
Segundo: Una vez aprobada, someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos que para estos exige el artículo 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, según determina el art. 177.2 de la misma Ley y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
Córdoba, a 15 de noviembre de 2017. La Presidenta del IMDEEC, Fdo. María del Mar Téllez Guerrero.