Boletín nº 218 (17-11-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 4.122/2017
Extracto de la Resolución nº 2017/8183 de 15 de noviembre de 2017 de la Presidencia del Área de Economía, Hacienda y Desarrollo Socioeconómico por la que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones del Plan de Promoción Comercial de Priego de Córdoba 2017
BDNS (Identif.): 370826
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas (PYMES) que tengan su domicilio social en el término municipal de Priego de Córdoba que hayan llevado a cabo durante los años 2016 y/o 2017 alguna de las actividades consideradas como subvencionables en las bases reguladoras.
Segundo. Finalidad:
El objeto de esta línea de ayudas es el apoyo al tejido empresarial de Priego de Córdoba, favoreciendo la promoción de sus productos, de forma que se adapten las empresas a las nuevas condiciones de competitividad de los mercados, mediante la financiación de los gastos derivados de:
a) Participación en ferias, certámenes comerciales, demostraciones o conferencias. Se considerarán gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio o los derechos de inscripción. Los mismos se deben haber organizado por el Ayuntamiento de Priego de Córdoba y realizados en la misma localidad, teniendo preferencia los gastos derivados de la participación en la XXXVI y XXXVII edición de AGROPRIEGO.
b) Acciones promocionales en puntos de venta, limitadas al lanzamiento de un nuevo producto o de un producto ya existente, ambos en un nuevo mercado. Se considerarán gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio. Dicha acción se debe haber organizado por el Ayuntamiento de Priego de Córdoba y haber sido realizada en la misma localidad.
Serán subvencionables, como máximo, una acción de las contenidas en los apartados anteriores, para un mismo beneficiario y año de realización. Las acciones subvencionables tienen que haberse realizado en los años 2016 y/o 2017.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases Reguladoras del Plan Municipal de Promoción Comercial del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, publicadas en el BOP de Córdoba nº 213, de 10/11/2017.
Cuarto. Importe:
El importe total máximo destinado a estas subvenciones asciende a 14.500 € Las ayudas acogidas a este programa podrán cubrir un máximo del 80% del coste de la acción subvencionada no pudiendo superar, en ningún caso, el límite máximo de 300,00 € por año y acción promocional.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP.
Sexto. Otros datos:
Los anexos a cumplimentar y presentar con la solicitud se encuentran disponibles en la web: www.aytopriegodecordoba.es, así como en el departamento de Desarrollo y Oficina de Información del Ayuntamiento de Priego de Córdoba.
Priego de Córdoba a 15 de noviembre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Manuel Mármol Servián.